Última revisión
30/10/2009
Sentencia Civil Nº 359/2009, Audiencia Provincial de Badajoz, Rec 342/2009 de 30 de Octubre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 30 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Badajoz
Ponente: MORENO MONTERO, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 359/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ
SECCIÓN TERCERA
MÉRIDA
Sentencia nº359/09
Rollo ap. civil nº 342/09
SENTENCIA
En la Ciudad de Mérida a treinta de Octubre de dos mil nueve.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados infrascritos, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Villanueva de la Serena en los autos nº 204/08, de juicio ordinario, promovidos por D. Oscar y D. Blanca (Abog. Sr.González Naranjo; Proc. Sr. Aranda Tèllez) contra D. Victorio y D.ª Graciela (Abog. Sra. González López; Proc. Sra. Caballero García Moreno), en los que los segundos a su vez formularon reconvención contra los primeros.
Es Ponente en el caso Su S.ª Iltma. Don José María Moreno Montero.
Antecedentes
Primero: El fallo de la resolución objeto de recurso, datada a 30-I-09, dice: "Que estimo la demanda principal promovida por la Procuradora Sra Torres Martínez en nombre y representación de Oscar y Blanca contra Victorio y Graciela y condeno a los citados demandados a que abonen conjuntamente a los actores la cantidad de noventa mil doscientos cincuenta y un euro con noventa y nueve céntimos (90251,99 ?) más los intereses procesales desde la fecha de la sentencia y hasta el completo pago de la citada cantidad. Se imponen las costas a los demandados.== Que desestimo la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador Sr. Ruiz de la Serna en nombre y representación de Victorio y Graciela y absuelvo a Oscar y Blanca de los pedimentos contenidos en el suplico de aquella y todo con imposición de las costas devengadas a los demandados reconvinientes".
Segundo: Apela de la Sentencia dicha la parte demandada-reconveniente, quien solicita su revocación y que, en lugar de lo dispuesto en ella, se estimen íntegramente sus precedentes pretensiones en el proceso. La parte actora-reconvenida se opone al recurso.
Tercero: Formado el oportuno rollo, se continuó por sus trámites sin necesidad de vista.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ
SECCIÓN TERCERA
MÉRIDA
Sentencia nº359/09
Rollo ap. civil nº 342/09
SENTENCIA
En la Ciudad de Mérida a treinta de Octubre de dos mil nueve.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados infrascritos, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Villanueva de la Serena en los autos nº 204/08, de juicio ordinario, promovidos por D. Oscar y D. Blanca (Abog. Sr.González Naranjo; Proc. Sr. Aranda Tèllez) contra D. Victorio y D.ª Graciela (Abog. Sra. González López; Proc. Sra. Caballero García Moreno), en los que los segundos a su vez formularon reconvención contra los primeros.
Es Ponente en el caso Su S.ª Iltma. Don José María Moreno Montero.
Primero: El fallo de la resolución objeto de recurso, datada a 30-I-09, dice: "Que estimo la demanda principal promovida por la Procuradora Sra Torres Martínez en nombre y representación de Oscar y Blanca contra Victorio y Graciela y condeno a los citados demandados a que abonen conjuntamente a los actores la cantidad de noventa mil doscientos cincuenta y un euro con noventa y nueve céntimos (90251,99 ?) más los intereses procesales desde la fecha de la sentencia y hasta el completo pago de la citada cantidad. Se imponen las costas a los demandados.== Que desestimo la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador Sr. Ruiz de la Serna en nombre y representación de Victorio y Graciela y absuelvo a Oscar y Blanca de los pedimentos contenidos en el suplico de aquella y todo con imposición de las costas devengadas a los demandados reconvinientes".
Segundo: Apela de la Sentencia dicha la parte demandada-reconveniente, quien solicita su revocación y que, en lugar de lo dispuesto en ella, se estimen íntegramente sus precedentes pretensiones en el proceso. La parte actora-reconvenida se opone al recurso.
Tercero: Formado el oportuno rollo, se continuó por sus trámites sin necesidad de vista.
Que desestimando el recurso, debemos confirmar y confirmamos la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Villanueva de la Serena en los autos nº 204/08.Con condena de la parte recurrente en las costas de segunda instancia.
Así por esta nuestra Sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos Don José María Moreno Montero, Doña Juana Calderón Martín y Don Jesús Souto Herreros.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior resolución por el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo que certifico.
Fallo
Que desestimando el recurso, debemos confirmar y confirmamos la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Villanueva de la Serena en los autos nº 204/08.Con condena de la parte recurrente en las costas de segunda instancia.
Así por esta nuestra Sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos Don José María Moreno Montero, Doña Juana Calderón Martín y Don Jesús Souto Herreros.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior resolución por el Iltmo. Sr. Magistrado que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo que certifico.
