Sentencia Civil Nº 37/2005, Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 4, Rec 163...7 de Febrero de 2005
Sentencia Civil Nº 37/200...ro de 2005

Última revisión
17/02/2005

Sentencia Civil Nº 37/2005, Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 4, Rec 163/2005 de 17 de Febrero de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 17 de Febrero de 2005

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: FERNANDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ, ANTONIO MIGUEL

Nº de sentencia: 37/2005

Nº de recurso: 163/2005

Núm. Cendoj: 15030370042005100223

Núm. Ecli: ES:APC:2005:605

Núm. Roj: SAP C 605/2005

Resumen
Se resuelve el conflicto negativo de competencias suscitado entre el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ordes y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ordes y el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santiago de Compostela. Determina el Tribunal que ambos Juzgados no actuaron de un modo procesalmente correcto al declarar de oficio que carecían de competencia territorial para el conocimiento del juicio monitorio, al no haber ningúna norma imperativa que les impida conocer de dicho juicio y al no interponerse por ninguna de las partes la declinatoria. Por lo tanto decide el Tribunal que la obligacción de resolver sobre dicho proceso le corresponde al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santiago de Compostela, ya que éste acceptó la remisión de los autos al otro Juzgado, admitiendo a trámite la demanda de juicio monitorio y acordando requerir a la parte deudora del pago, de lo que pudiera deducirse que estaba de acuerdo con lo decidido, todo ello, sin que en el caso concurra vulneración de las normas imperativas sobre competencia territorial por lo que no podía después de oficio declarar su falta de competencia.

Voces

Incompetencia territorial

Competencia territorial

Requerimiento para el pago

Conflicto de competencia negativo

Cuestión de competencia

Sociedad de responsabilidad limitada

Declinatoria

Administrador único

Comunidad de bienes

Litispendencia

Falta de competencia

Residencia