Sentencia Civil Nº 37/2005, Audiencia Provincial de Pamplona, Rec 274/2004 de 07 de Marzo de 2005
Sentencia Civil Nº 37/200...zo de 2005

Última revisión
07/03/2005

Sentencia Civil Nº 37/2005, Audiencia Provincial de Pamplona, Rec 274/2004 de 07 de Marzo de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Marzo de 2005

Tribunal: AP - Pamplona

Ponente: VALPUESTA GASTAMINZA, EDUARDO MARIA

Nº de sentencia: 37/2005

Nº de recurso: 274/2004

Resumen
La cuestión planteada en el presente litigio era la relativa a si un "seguro de retirada del permiso de conducir" cubre los supuestos en que tal retirada es consecuencia de una condena penal por conducción bajo los efectos de la ingestión de bebidas alcohólicas. El actor, que tenía concertado un seguro de estas características con la aseguradora demandada, fue condenado por sentencia firme del Juzgado de lo Penal por un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo de un año y un día. De acuerdo con la póliza de seguro referida reclamó a la compañía la indemnización fijada, y la demandada se negó a tal pago aduciendo que el seguro no cubre los hechos dolosos o provocados por la mala fe del asegurado. El recurso debe ser estimado, por haberse producido un error patente en la apreciación del Juzgador de primera instancia al considerar concurrentes dudas de derecho en cuanto a la resolución del caso. La existencia de tal error se deduce de que la jurisprudencia de esta AP ha sido uniforme, desde un principio, al considerar que en supuestos como el planteado el seguro de retirada del permiso de conducción cubre los casos de retirada por condena con base en un delito de conducción bajo los efectos del alcohol. Lo señala expresamente la propia Sentencia, al citar resoluciones de esta Audiencia en un número importante (hasta ocho), todas en un mismo sentido y sin contradicción alguna. Desde esa perspectiva la oposición de la demandada al pago de la indemnización resultaba temeraria e infundada, obligando a pleitear al actor para obtener una condena que era a todas luces esperable. La condena en costas incluso por temeridad, y ya no sólo por aplicación del principio de vencimiento del art. 394 LEC, es así lo procedente.

Voces

Mala fe

Corredores de seguros

Aseguradora demandada

Sentencia firme

Compañía aseguradora

Póliza de seguro

Pago de la indemnización

Asegurador

Pruebas aportadas