Última revisión
07/09/2009
Sentencia Civil Nº 398/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 518/2008 de 07 de Septiembre de 2009
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Tiempo de lectura: 5 min
Orden: Civil
Fecha: 07 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: BARRIGA LOPEZ, NURIA
Nº de sentencia: 398/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMONOVENA
Rollo de apelación 518/2008-BB
Juicio ordinario 271/2006
Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Sant Feliu de Llobregat
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª Amelia Mateo Marco
Dª Nuria Barriga López
D. Luís Francisco Carrillo Pozo
En Barcelona, a siete de septiembre de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la sección decimonovena de esta Audiencia provincial, los presentes autos de juicio ordinario 271/2006, seguidos en el juzgado de primera instancia núm. 6 de Sant Feliu de Llobregat, a instancias de Amador , Efrain , Iván , Casilda , Lina , Verónica Y Clemencia , representados por el procurador Luis Alfonso Pérez de Olaguer, contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, SL, representada por la procuradora y con la intervención voluntaria de TESSAG IBERICA SA; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Endesa contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2007 por el magistrado, juez del expresado juzgado.
Antecedentes
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada de 31 de octubre de 2007 dictada en el juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Sant Feliu de Llobregat , en autos de juicio ordinario 271/2006, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda inicial de estos autos, deducida por Amador , Efrain , Iván , Casilda , Lina , Verónica y Clemencia , representados por el Procurador Sr. Martí Gellida; contra la entidad "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.", representada por el Procurador Sr. Martí Campo, debo condenar y condeno a dicha entidad a abonar a los demandantes la cantidad de ciento cuarenta mil setecientos veinte euros con setenta y nueve céntimos de euro (140.720,79 ?); e intereses procesales. Con imposición de costas a la demandada.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandada y fue impugnado de contrario, y se elevaron las actuaciones a esta Audiencia provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el 15 de abril.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Nuria Barriga López.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMONOVENA
Rollo de apelación 518/2008-BB
Juicio ordinario 271/2006
Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Sant Feliu de Llobregat
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª Amelia Mateo Marco
Dª Nuria Barriga López
D. Luís Francisco Carrillo Pozo
En Barcelona, a siete de septiembre de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la sección decimonovena de esta Audiencia provincial, los presentes autos de juicio ordinario 271/2006, seguidos en el juzgado de primera instancia núm. 6 de Sant Feliu de Llobregat, a instancias de Amador , Efrain , Iván , Casilda , Lina , Verónica Y Clemencia , representados por el procurador Luis Alfonso Pérez de Olaguer, contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, SL, representada por la procuradora y con la intervención voluntaria de TESSAG IBERICA SA; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Endesa contra la sentencia dictada el 31 de octubre de 2007 por el magistrado, juez del expresado juzgado.
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada de 31 de octubre de 2007 dictada en el juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Sant Feliu de Llobregat , en autos de juicio ordinario 271/2006, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda inicial de estos autos, deducida por Amador , Efrain , Iván , Casilda , Lina , Verónica y Clemencia , representados por el Procurador Sr. Martí Gellida; contra la entidad "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.", representada por el Procurador Sr. Martí Campo, debo condenar y condeno a dicha entidad a abonar a los demandantes la cantidad de ciento cuarenta mil setecientos veinte euros con setenta y nueve céntimos de euro (140.720,79 ?); e intereses procesales. Con imposición de costas a la demandada.
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandada y fue impugnado de contrario, y se elevaron las actuaciones a esta Audiencia provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el 15 de abril.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Nuria Barriga López.
Desestimamos el recurso de apelación formulado por ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, SL contra la sentencia dictada en el juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Sant Feliu de Llobregat de 31 de octubre de 2007 , que confirmamos, con imposición de costas de esta alzada a la parte apelante.
Y firme que sea esta resolución, devuélvanse los autos originales al juzgado de procedencia, con testimonio de la misma para su cumplimiento.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Barcelona, a 7-09-2009 . En este día y una vez firmada por todos los magistrados que la han dictado, se da a la anterior Sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las leyes. DOY FE.
Fallo
Desestimamos el recurso de apelación formulado por ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, SL contra la sentencia dictada en el juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Sant Feliu de Llobregat de 31 de octubre de 2007 , que confirmamos, con imposición de costas de esta alzada a la parte apelante.
Y firme que sea esta resolución, devuélvanse los autos originales al juzgado de procedencia, con testimonio de la misma para su cumplimiento.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Barcelona, a 7-09-2009 . En este día y una vez firmada por todos los magistrados que la han dictado, se da a la anterior Sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las leyes. DOY FE.

