Sentencia CIVIL Nº 43/2019, Juzgado de Primera Instancia - Vitoria-Gasteiz, Secc... 22 de Marzo de 2019
Sentencia CIVIL Nº 43/201...zo de 2019

Última revisión
06/06/2019

Sentencia CIVIL Nº 43/2019, Juzgado de Primera Instancia - Vitoria-Gasteiz, Sección 7, Rec 402/2018 de 22 de Marzo de 2019

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Orden: Civil

Fecha: 22 de Marzo de 2019

Tribunal: Juzgado de Primera Instancia - Vitoria-Gasteiz

Ponente: TRINIDAD SANTOS, MARIA TERESA

Nº de sentencia: 43/2019

Nº de recurso: 402/2018

Núm. Cendoj: 01059420072019100024

Núm. Ecli: ES:JPI:2019:45

Núm. Roj: SJPI 45:2019

Resumen
PRIMERO.- Establece el art. 181 LC que: 1. Se incluirá una completa rendición de cuentas, que justificará cumplidamente la utilización que se haya hecho de las facultades de administración conferidas, en todos los informes de la administración concursal previos al auto de conclusión del concurso. Igualmente se informará en ellos del resultado y saldo final de las operaciones realizadas, solicitando la aprobación de las mismas. 2. Tanto el deudor como los acreedores podrán formular oposición razonada a la aprobación de las cuentas en el plazo de 15 días a que se refiere el apartado 2 del artículo 176. 3. Si no se formulase oposición, el juez, en el auto de conclusión del concurso, las declarará aprobadas. Si hubiese oposición, la sustanciará por los trámites del incidente concursal y la resolverá con carácter previo en la sentencia, que también resolverá sobre la conclusión del concurso. Si hubiese oposición a la aprobación de las cuentas y también a la conclusión del concurso, ambas se sustanciarán en el mismo incidente y se resolverán en la misma sentencia, sin perjuicio de llevar testimonio de ésta a la sección segunda. 4. La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales, pero la desaprobación comportará su inhabilitación temporal para ser nombrados en otros concursos durante un período que determinará el juez en la sentencia de desaprobación y que no podrá ser inferior a seis meses ni superior a dos años.

Voces

Conclusión del concurso

Masa activa concursal

Insuficiencia de la masa

Crédito contra la masa

Administración concursal

Pago de los créditos

Crédito salarial

Subrogación

Incidente concursal

Administrador concursal

Responsabilidad del administrador

Persona jurídica

Registro Mercantil

Honorario profesional del abogado

Sentencia de condena firme