Sentencia Civil Nº 438/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 2894/1997 de 07 de Mayo de 2003
Sentencia Civil Nº 438/20...yo de 2003

Última revisión
07/05/2003

Sentencia Civil Nº 438/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 2894/1997 de 07 de Mayo de 2003

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Orden: Civil

Fecha: 07 de Mayo de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GULLON BALLESTEROS, ANTONIO

Nº de sentencia: 438/2003

Nº de recurso: 2894/1997

Núm. Cendoj: 28079110002003100449

Resumen
El incumplimiento de la obligación de pago del comprador recurrido obedece, pues a un cálculo meramente subjetivo e interesado de que lo que cree deberle a él la sociedad vendedora por retrasarse, también durante el tiempo que estimó subjetivamente, el local. Es claro que no es admisible que semejante presupuesto convierta un incumplimiento obligacional en justificado, y se estima que no debe ser sancionado con la resolución del contrato. Es una mera creencia del comprador que la aplica por sí y ante sí a su obligación de pago.

Voces

Cláusula penal

Voluntad

Contrato de compraventa

Resolución de los contratos

Letra de cambio

Incumplimiento de las obligaciones

Reconvención

Apercibimiento

Incumplimiento de la compradora

Retraso en el cumplimiento

Obligación principal

Cumplimiento del contrato