Sentencia Civil Nº 445/20...il de 2009

Última revisión
30/04/2009

Sentencia Civil Nº 445/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 1367/2008 de 30 de Abril de 2009

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 6 min

Orden: Civil

Fecha: 30 de Abril de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: DE LA VEGA LLANES, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 445/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00445/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 1367/08

Autos nº: 135/05

Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE MOSTOLES

Apelante: Dª Santiaga

Procurador: Dª PALOMA MARTIN MARTIN

Apelado: D. Modesto

Procurador: Dª MARTA FRANCH MARTINEZ

Ponente: Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES.

S E N T E N C I A Nº 445

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Ángel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES

En Madrid, a 30 DE ABRIL DE 2009

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de LIQUIDACION DE GANANCIALES con el nº 135/05, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES.

De una, como apelante, Dª Santiaga , representado/a por el/a Procurador/a Dª PALOMA MARTIN MARTIN.

Y de otra, como apelado/a, D. Modesto , representado/a por el/a Procurador/a Dª MARTA FRANCH MARTINEZ.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES.

Antecedentes

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Que en fecha 2/6/08, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gómez García en nombre y representación de Doña Santiaga , contra Don Modesto debo liquidar y liquido la sociedad legal de gananciales aprobando los puntos en que las partes estaban en acuerdo y en lo discrepado, debo resolver en cuanto a aquello en lo que discrepan de conformidad con los expresado en la parte dispositiva de esta resolución, sin hacer imposición de las costas procesales a parte alguna."

Asimismo con fecha 7/7/2008 se ha dictado auto de aclaración de Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la Sentencia dictada en fecha 2 de junio de 2008 , en los siguientes términos:

- Respecto al apartado primero la plaza de garaje tiene carácter ganancial, al no quedar acreditada otra circunstancia.

- Respecto del apartado segundo no ha lugar a la aclaración."

TERCERO.- Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Santiaga , al que se opuso la contraria en los términos que constan en escritos obrantes en autos.

Mediante providencia de fecha 20/1/09 se señaló el día 29/4/09 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00445/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 1367/08

Autos nº: 135/05

Procedencia: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE MOSTOLES

Apelante: Dª Santiaga

Procurador: Dª PALOMA MARTIN MARTIN

Apelado: D. Modesto

Procurador: Dª MARTA FRANCH MARTINEZ

Ponente: Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES.

S E N T E N C I A Nº 445

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Ángel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES

En Madrid, a 30 DE ABRIL DE 2009

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de LIQUIDACION DE GANANCIALES con el nº 135/05, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES.

De una, como apelante, Dª Santiaga , representado/a por el/a Procurador/a Dª PALOMA MARTIN MARTIN.

Y de otra, como apelado/a, D. Modesto , representado/a por el/a Procurador/a Dª MARTA FRANCH MARTINEZ.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE DE LA VEGA LLANES.

PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO.- Que en fecha 2/6/08, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gómez García en nombre y representación de Doña Santiaga , contra Don Modesto debo liquidar y liquido la sociedad legal de gananciales aprobando los puntos en que las partes estaban en acuerdo y en lo discrepado, debo resolver en cuanto a aquello en lo que discrepan de conformidad con los expresado en la parte dispositiva de esta resolución, sin hacer imposición de las costas procesales a parte alguna."

Asimismo con fecha 7/7/2008 se ha dictado auto de aclaración de Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la Sentencia dictada en fecha 2 de junio de 2008 , en los siguientes términos:

- Respecto al apartado primero la plaza de garaje tiene carácter ganancial, al no quedar acreditada otra circunstancia.

- Respecto del apartado segundo no ha lugar a la aclaración."

TERCERO.- Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Santiaga , al que se opuso la contraria en los términos que constan en escritos obrantes en autos.

Mediante providencia de fecha 20/1/09 se señaló el día 29/4/09 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Dª Santiaga , representado por el/la Procurador/a Dª PALOMA MARTIN MARTIN, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES, de fecha 2/6/08 , en autos de LIQUIDACION DE GANANCIALES nº 135/05; seguidos con D. Modesto , representado por el Procurador Dª MARTA FRANCH MARTINEZ; debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS, la mentada resolución íntegramente.

Sin expresa imposición de las costas causadas en esta alzada a ninguno de los litigantes.

Notifíquese la presente resolución, conforme a lo dispuesto en la L.O.P.J. con expresión de sus derechos a las partes.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de la Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Certifico en Madrid, a

Fallo

Que DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Dª Santiaga , representado por el/la Procurador/a Dª PALOMA MARTIN MARTIN, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 DE MOSTOLES, de fecha 2/6/08 , en autos de LIQUIDACION DE GANANCIALES nº 135/05; seguidos con D. Modesto , representado por el Procurador Dª MARTA FRANCH MARTINEZ; debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS, la mentada resolución íntegramente.

Sin expresa imposición de las costas causadas en esta alzada a ninguno de los litigantes.

Notifíquese la presente resolución, conforme a lo dispuesto en la L.O.P.J. con expresión de sus derechos a las partes.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de la Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Certifico en Madrid, a

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.