Última revisión
01/02/2008
Sentencia Civil Nº 45/2008, Audiencia Provincial de Valencia, Rec 903/2007 de 01 de Febrero de 2008
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Orden: Civil
Fecha: 01 de Febrero de 2008
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: ESCRIG ORENGA, MARIA DEL CARMEN
Nº de sentencia: 45/2008
Encabezamiento
2
Rollo 903/07
Rollo nº 000903/2007
Sección Séptima
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a uno de febrero de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) - 000588/2007 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE VALENCIA entre partes; de una como demandados - apelante/s Aurelio e Andrea representados por el/la Procurador/a D/Dª ANA LUISA PUCHADES CASTAÑOS, y de otra como demandante, - apelado/s COMPAÑIA GENERAL DE EDIFICACIONES DE VALENCIA SA dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN CUADROS TALAVERA y representado por el/la Procurador/a D/Dª RAFAEL FRANCISCO ALARIO MONT.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA.
Antecedentes
PRIMERO.- En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE VALENCIA , con fecha 14 de septiembre de 2.007 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda de desahucio por falta de pago formulada por el Procurador Sr. Alario Mont en nombre de la Compañía General de Edificaciones de Valencia contra D. Aurelio y contra Dña. Andrea debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Valencia C/. DIRECCION000 nº NUM000 , piso NUM001 , pta. NUM002 ., condenando a los demandados al desalojo bajo apercibimiento de lanzamiento, con imposición de costas a los demandados".
SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 28 de enero de 2.008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Fundamentos
2
Rollo 903/07
Rollo nº 000903/2007
Sección Séptima
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ
En la Ciudad de Valencia, a uno de febrero de dos mil ocho.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) - 000588/2007 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE VALENCIA entre partes; de una como demandados - apelante/s Aurelio e Andrea representados por el/la Procurador/a D/Dª ANA LUISA PUCHADES CASTAÑOS, y de otra como demandante, - apelado/s COMPAÑIA GENERAL DE EDIFICACIONES DE VALENCIA SA dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN CUADROS TALAVERA y representado por el/la Procurador/a D/Dª RAFAEL FRANCISCO ALARIO MONT.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA.
PRIMERO.- En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE VALENCIA , con fecha 14 de septiembre de 2.007 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda de desahucio por falta de pago formulada por el Procurador Sr. Alario Mont en nombre de la Compañía General de Edificaciones de Valencia contra D. Aurelio y contra Dña. Andrea debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Valencia C/. DIRECCION000 nº NUM000 , piso NUM001 , pta. NUM002 ., condenando a los demandados al desalojo bajo apercibimiento de lanzamiento, con imposición de costas a los demandados".
SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 28 de enero de 2.008 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de don Aurelio y doña Andrea contra la Sentencia de fecha 14 de septiembre de 2007 dictada en los autos número 588/07 por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valencia, resolución que confirmamos, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en esta alzada.
Y a su tiempo con testimonio literal de la presente resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia, para constancia de lo resuelto y subsiguientes efectos, llevándose otra certificación de la misma al rollo de su razón.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Doy fe: la anterior resolución, ha sido leída y publicada por el Ilmo./a. Sr./a, Magistrado/a Ponente, estando celebrando audiencia pública, la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial en el día de la fecha. Valencia, a uno de febrero de dos mil ocho.
Fallo
Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de don Aurelio y doña Andrea contra la Sentencia de fecha 14 de septiembre de 2007 dictada en los autos número 588/07 por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valencia, resolución que confirmamos, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en esta alzada.
Y a su tiempo con testimonio literal de la presente resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia, para constancia de lo resuelto y subsiguientes efectos, llevándose otra certificación de la misma al rollo de su razón.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Doy fe: la anterior resolución, ha sido leída y publicada por el Ilmo./a. Sr./a, Magistrado/a Ponente, estando celebrando audiencia pública, la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial en el día de la fecha. Valencia, a uno de febrero de dos mil ocho.

