Sentencia Civil Nº 454, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2597 de 11 de Octubre de 2000
Sentencia Civil Nº 454, A...re de 2000

Última revisión
11/10/2000

Sentencia Civil Nº 454, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 2597 de 11 de Octubre de 2000

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Orden: Civil

Fecha: 11 de Octubre de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: SUAREZ MIRA RODRIGUEZ, CARLOS

Nº de sentencia: 454

Nº de recurso: 2597

Resumen
Menor Cuantía sobre reclamación de cantidad. Se alza la demandante apelante contra la sentencia de instancia mostrando su disconformidad con uno de los fundamentos jurídicos de ésta, en el que se rechaza la aplicación al presente caso del art. 76 de la Ley de Contrato de Seguro por resultar inaplicable al Seguro de transportes terrestres, pues además, por considerar no probado que en el condicionado de la póliza suscrita entre los codemandados figurase la cobertura de la responsabilidad civil a favor de terceros. Por tanto, pretendiéndose la condena de la aseguradora demandada con base en responsabilidad civil, a juicio de este Tribunal el juez de instancia la desestimó correctamente, por lo que no puede prosperar en este punto el recurso interpuesto. En cuanto al recurso de la otra apelante antes demandada, alega como primer motivo de apelación de la sentencia de instancia, la inapreciación por parte de ésta de la existencia de caso fortuito en el siniestro del camión en que se produjeron los daños y que está en el origen de esta litis, basando su alegación en el hecho de que es la propia aseguradora actora y reclamante la que presenta el documento en el que se detalla la forma en la que ocurrió el siniestro, presentación ésta que a juicio de la recurrente le vincularía en aplicación de la doctrina de los propios actos. Siguiendo la doctrina jurisprudencial del TS sobre los actos propios, el motivo debe ser desestimado, pues la aportación de ese documento a través del cual el codemandado rebelde relata el modo en que a su juicio sucedieron los hechos, no significa la existencia de actos propios. Esta Sala descarta la existencia, por falta de prueba, del caso fortuito. El segundo motivo de apelación se centra en la alegación de prescripción de la acción, pues considera que no se ha producido la interrupción de la prescripción por reclamación extrajudicial, al no tenerse constancia de que el destinatario haya tenido noticia en plazo de la reclamación. De las pruebas practicadas se deduce claramente que sí se ha hecho la reclamación.

Voces

Asegurador

Caso fortuito

Reclamación de cantidad

Buena fe

Contrato de seguro

Cobertura de la responsabilidad civil

Prescripción de la acción

Interrupción de la prescripción

Seguro contra daños

Seguro de responsabilidad civil

Responsabilidad civil directa

Responsabilidad

Derecho subjetivo

Reclamación extrajudicial

Transportista

Plazo de prescripción

Aseguradora demandada

Responsabilidad civil

Práctica de la prueba

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