Sentencia Civil Nº 458/2003, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 32... 28 de Julio de 2003
Sentencia Civil Nº 458/20...io de 2003

Última revisión
28/07/2003

Sentencia Civil Nº 458/2003, Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 2, Rec 32/2003 de 28 de Julio de 2003

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Orden: Civil

Fecha: 28 de Julio de 2003

Tribunal: AP Zaragoza

Ponente: ACIN GAROS, FRANCISCO

Nº de sentencia: 458/2003

Nº de recurso: 32/2003

Núm. Cendoj: 50297370022003100222

Núm. Ecli: ES:APZ:2003:1929

Resumen
Aducen los recurrentes que si el devengo de intereses en defecto de pacto exige que el empresario continué en el desarrollo de su empresa y mantenga la disponibilidad sobre sus bienes para poder proseguir en su actividad, "a sensu contrario" debe seguirse que no se producirá tal devengo si el comerciante cesa en su actividad negocial, lo que se producirá, ya en el caso de ser desposeído de sus bienes, ya en el de que estos queden afectos al pago de los créditos, caso que fue el de autos. Planteamiento que es objetable, pues el art. 884 CCom no es aplicable en la Suspensión de Pagos, que presupone que el deudor continúe en la posesión y administración de sus bienes. El suspenso, de otro lado, bien que los bienes del activo de la suspensión se pusieron en su totalidad a disposición de los acreedores para el pago de los créditos, quedó en el caso en su posesión y administración, que le fue conferida en el pacto décimo del Convenio.

Voces

Devengo de intereses

Quiebra

Suspensión de pagos

Reconocimiento de deuda

Pago de los créditos

Voluntad de las partes

Saldo deudor

Lista de acreedores

Interés legal del dinero

Intereses legales

Declaración de concurso

Crédito hipotecario

Secuelas

Comerciantes

Informes periciales

Documento público

Intereses devengados

Indemnización de daños y perjuicios

Daños y perjuicios

Cuenta corriente

Mandato