Sentencia Civil Nº 468/20...re de 2007

Última revisión
28/09/2007

Sentencia Civil Nº 468/2007, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 390/2007 de 28 de Septiembre de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 28 de Septiembre de 2007

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: LEGIDO LOPEZ, EPIFANIO

Nº de sentencia: 468/2007


Voces

Sociedad de responsabilidad limitada

Reclamación de cantidad

Intereses legales

Interés legal del dinero

Encabezamiento

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00468/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19ª

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7032805 /2007

ROLLO: RECURSO DE APELACION 390/2007

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 251 /2006

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de MADRID

Apelante/s: EXTRACCIONES, EXCAVACIONES Y HORMIGONES S.L., INGENIERIA Y CONSTRUCCION MOYMAR S.A.

Procurador: RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ, MIGUEL ANGEL HEREDERO SUERO

SENTENCIA Nº 468

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, veintiocho de septiembre de dos mil siete.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 251/2006, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 390/2007, en el que han sido partes, como apelantes: a.- el demandante Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que estuvo representado por el Procurador Sr. Reynolds Martínez y b.- la demandada Ingeniería y Construcción Moymar SA, representada por el Procurador Sr. Heredero Suero, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

Antecedentes

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO.- Con fecha 29-12-2006 el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que, estimando parcialmente la demanda formulada por Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, representada por el Procurador de los Tribunales D. Ramiro Reynolds Martínez contra Ingeniería y Construcción Moymar SA, debo condenar y condeno a la demandada al pago de 55.244,34 euros de principal, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda y hasta su completo pago, sin hacer expresa imposición en cuanto a las costas causadas a ninguna de las partes".

SEGUNDO.- Notificada la sentencia a las partes se interpusieron sendos recursos de apelación por las representaciones procesales de Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL y Ingeniería y Construcción Moymar SA, que formalizaron adecuadamente (folios 620 y ss y 597 y ss) para, tras ser admitidos en ambos efectos sendos recursos, dar traslado a la contraparte, que en cada caso se opusieron al interpuesto de contrario. Y así Ingeniería y Construcción Moymar SA lo hizo en escrito unido a los folios 644 y ss y Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL a los folios 667 y ss, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 04-06-2007, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO.- En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el veinticuatro de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00468/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19ª

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7032805 /2007

ROLLO: RECURSO DE APELACION 390/2007

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 251 /2006

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de MADRID

Apelante/s: EXTRACCIONES, EXCAVACIONES Y HORMIGONES S.L., INGENIERIA Y CONSTRUCCION MOYMAR S.A.

Procurador: RAMIRO REYNOLDS MARTINEZ, MIGUEL ANGEL HEREDERO SUERO

SENTENCIA Nº 468

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, veintiocho de septiembre de dos mil siete.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 251/2006, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 390/2007, en el que han sido partes, como apelantes: a.- el demandante Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que estuvo representado por el Procurador Sr. Reynolds Martínez y b.- la demandada Ingeniería y Construcción Moymar SA, representada por el Procurador Sr. Heredero Suero, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO.- Con fecha 29-12-2006 el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que, estimando parcialmente la demanda formulada por Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, representada por el Procurador de los Tribunales D. Ramiro Reynolds Martínez contra Ingeniería y Construcción Moymar SA, debo condenar y condeno a la demandada al pago de 55.244,34 euros de principal, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda y hasta su completo pago, sin hacer expresa imposición en cuanto a las costas causadas a ninguna de las partes".

SEGUNDO.- Notificada la sentencia a las partes se interpusieron sendos recursos de apelación por las representaciones procesales de Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL y Ingeniería y Construcción Moymar SA, que formalizaron adecuadamente (folios 620 y ss y 597 y ss) para, tras ser admitidos en ambos efectos sendos recursos, dar traslado a la contraparte, que en cada caso se opusieron al interpuesto de contrario. Y así Ingeniería y Construcción Moymar SA lo hizo en escrito unido a los folios 644 y ss y Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL a los folios 667 y ss, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 04-06-2007, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO.- En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el veinticuatro de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

Que, estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que estuvo representada por el Procurador Sr. Reynolds Martínez y desestimando el articulado por Ingeniería y Construcción SA, que vino al litigio representada por el Procurador Sr. Herrero Suero, al que en cada caso se opuso la contraparte, ambos contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid (ordinario 251/2006 ) en 29 de diciembre de 2006, debemos revocar, como parcialmente revocamos, la repetida resolución para, en definitiva, reconocer a Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, frente a Ingeniería y Construcción Moymar SA, a la que expresamente se condena, la cantidad de 81.803,72 ?, más los intereses legales desde la interpelación judicial y sin que se impongan las costas de primera instancia a ninguna de las partes, manteniéndose el resto de los pronunciamientos de la sentencia dictada en la instancia. Las costas de la alzada se disciplinan así: las del recurso de Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que se estimó parcialmente, no se imponen a ninguna de las partes, debiendo asumir Ingeniería y Construcción Moymar SA las costas de su recurso que ha sido desestimado por este Tribunal.

Notifíquese esta sentencia a las partes y dése cumplimiento al art. 248.4 LOPJ .

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilmos. Sres. Magistrados de este Tribunal.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Certifico.

Fallo

Que, estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que estuvo representada por el Procurador Sr. Reynolds Martínez y desestimando el articulado por Ingeniería y Construcción SA, que vino al litigio representada por el Procurador Sr. Herrero Suero, al que en cada caso se opuso la contraparte, ambos contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid (ordinario 251/2006 ) en 29 de diciembre de 2006, debemos revocar, como parcialmente revocamos, la repetida resolución para, en definitiva, reconocer a Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, frente a Ingeniería y Construcción Moymar SA, a la que expresamente se condena, la cantidad de 81.803,72 ?, más los intereses legales desde la interpelación judicial y sin que se impongan las costas de primera instancia a ninguna de las partes, manteniéndose el resto de los pronunciamientos de la sentencia dictada en la instancia. Las costas de la alzada se disciplinan así: las del recurso de Extracciones, Excavaciones y Hormigones SL, que se estimó parcialmente, no se imponen a ninguna de las partes, debiendo asumir Ingeniería y Construcción Moymar SA las costas de su recurso que ha sido desestimado por este Tribunal.

Notifíquese esta sentencia a las partes y dése cumplimiento al art. 248.4 LOPJ .

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilmos. Sres. Magistrados de este Tribunal.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Certifico.

Sentencia Civil Nº 468/2007, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 390/2007 de 28 de Septiembre de 2007

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