Sentencia Civil Nº 473/20...re de 2009

Última revisión
30/11/2009

Sentencia Civil Nº 473/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 235/2009 de 30 de Noviembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 30 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: GARCIA PAREDES, ANTONIO

Nº de sentencia: 473/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID

SENTENCIA: 00473/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7003796 /2009

RECURSO DE APELACION 235 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1356 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 36 de MADRID

De: PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA

Procurador: JUAN CARLOS ESTÉVEZ FERNÁNDEZ-NOVOA

Contra: Alonso

Procurador: ALFONSO BLANCO FERNANDEZ

Ponente: ILMO. SR. D.ANTONIO GARCÍA PAREDES

SENTENCIA Nº 473

Magistrados:

ILMO. SR. D.ANTONIO GARCÍA PAREDES

ILMA. SRA. Dª.CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

ILMA. SRA. Dª.Mª VICTORIA SALCEDO RUIZ

En Madrid a treinta de Noviembre de dos mil nueve. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres.

Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Ordinario nº 1356/06, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.36 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado D. Alonso , no comparecido en esta alzada y de otra, como demandado-apelante PELAYO MUTUA DE SEGUOS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representado por el Procurador D. Juan Carlos Estevez Fernández Novoa.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES .

Antecedentes

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid, en fecha quince de Febrero de dos mil ocho, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Blanco Fernández en nombre y representación de D. Alonso , contra PELAYO MUTUA DE SEGUROS representada por el procurador Sr. Estevez, debo condenar a la demandada a abonar al Sr. 6.929,34 euros y a los intereses establecidos en el artº 20 LCS desde la fecha del accidente hasta la de la consignación., cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad" .

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO.- No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 25 de Noviembre de 2009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID

SENTENCIA: 00473/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7003796 /2009

RECURSO DE APELACION 235 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1356 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 36 de MADRID

De: PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA

Procurador: JUAN CARLOS ESTÉVEZ FERNÁNDEZ-NOVOA

Contra: Alonso

Procurador: ALFONSO BLANCO FERNANDEZ

Ponente: ILMO. SR. D.ANTONIO GARCÍA PAREDES

SENTENCIA Nº 473

Magistrados:

ILMO. SR. D.ANTONIO GARCÍA PAREDES

ILMA. SRA. Dª.CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

ILMA. SRA. Dª.Mª VICTORIA SALCEDO RUIZ

En Madrid a treinta de Noviembre de dos mil nueve. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres.

Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio Ordinario nº 1356/06, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm.36 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado D. Alonso , no comparecido en esta alzada y de otra, como demandado-apelante PELAYO MUTUA DE SEGUOS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representado por el Procurador D. Juan Carlos Estevez Fernández Novoa.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO GARCÍA PAREDES .

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid, en fecha quince de Febrero de dos mil ocho, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. Blanco Fernández en nombre y representación de D. Alonso , contra PELAYO MUTUA DE SEGUROS representada por el procurador Sr. Estevez, debo condenar a la demandada a abonar al Sr. 6.929,34 euros y a los intereses establecidos en el artº 20 LCS desde la fecha del accidente hasta la de la consignación., cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad" .

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO.- No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 25 de Noviembre de 2009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA frente a Alonso contra la sentencia de fecha quince de Febrero de dos mil ocho dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS la referida resolución con la rectificación material de que la cantidad exacta que debe figurar en el fallo no es la de 6.929,34 euros sino la de 5.905,82 euros, manteniéndose todos sus pronunciamientos. Y con imposición de las costas procesales de la segunda instancia a la parte apelante.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue hecha pública por los Magistrados que la han firmado. Doy fe. En Madrid, a

Fallo

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA frente a Alonso contra la sentencia de fecha quince de Febrero de dos mil ocho dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid DEBEMOS CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS la referida resolución con la rectificación material de que la cantidad exacta que debe figurar en el fallo no es la de 6.929,34 euros sino la de 5.905,82 euros, manteniéndose todos sus pronunciamientos. Y con imposición de las costas procesales de la segunda instancia a la parte apelante.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue hecha pública por los Magistrados que la han firmado. Doy fe. En Madrid, a

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