Sentencia Civil Nº 475/20...re de 2007

Última revisión
18/09/2007

Sentencia Civil Nº 475/2007, Audiencia Provincial de Malaga, Rec 504/2007 de 18 de Septiembre de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 18 de Septiembre de 2007

Tribunal: AP - Malaga

Ponente: SUAREZ-BARCENA FLORENCIO, MARIA INMACULADA

Nº de sentencia: 475/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº. UNO DE MÁLAGA

JUICIO ORDINARIO Nº. 574/06

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 504/07

SENTENCIA Nº 475/07

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO

Magistradas:

Dña. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO

Dña. SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ

En Málaga a dieciocho de Septiembre de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario N.º 574/06 , procedentes del Juzgado de lo Mercantil N.º Uno de Málaga, sobre impugnación de acuerdos sociales, seguidos a instancia de Dña. Patricia , representada en el recurso por el Procurador D. Ignacio Sánchez Díaz y defendida por la Letrada Dña. María José Cabrera Pedrazo, contra ANIMAL BUILDING, S.L.., representada en el Recurso por la Procuradora Dña. María Picón Villalón y defendida por el Letrado D. Javier Roji Fernández, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la actora contra la Sentencia dictada en el citado juicio.

Antecedentes

PRIMERO.- El Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga dictó Sentencia de fecha 26 de Febrero de 2007, en el juicio Ordinario N.º 574/06 , del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- QUE ESTIMO TOTALMENTE LA DEMANDA presentada por la Procuradora Sra. Sánchez Díaz, en nombre y representación de DOÑA Patricia y defendida por el Letrado Sr. Cabrera Pedrero, contra ANIMAL BUILDING, S.L., representada por la Procuradora Sra. Picón Villalón y defendida por el Letrado Sr. Roji Fernández, allanada, y en consecuencia:

Primero.- Debo declarar y declaro la nulidad de la Junta Universal de 30 de Junio de 2005 celebrada por la sociedad ANIMAL BUILDINGS, S.L., condenando a la misma a estar y pasar por dicha declaración.

Segundo: Sin expresa imposición de costas."

SEGUNDO.- Contra la expresada Sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la actora, el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde, al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día 18 de Septiembre de 2007 , quedaron las actuaciones conclusas para Sentencia.

TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO.

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº. UNO DE MÁLAGA

JUICIO ORDINARIO Nº. 574/06

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 504/07

SENTENCIA Nº 475/07

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO

Magistradas:

Dña. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO

Dña. SOLEDAD JURADO RODRIGUEZ

En Málaga a dieciocho de Septiembre de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario N.º 574/06 , procedentes del Juzgado de lo Mercantil N.º Uno de Málaga, sobre impugnación de acuerdos sociales, seguidos a instancia de Dña. Patricia , representada en el recurso por el Procurador D. Ignacio Sánchez Díaz y defendida por la Letrada Dña. María José Cabrera Pedrazo, contra ANIMAL BUILDING, S.L.., representada en el Recurso por la Procuradora Dña. María Picón Villalón y defendida por el Letrado D. Javier Roji Fernández, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la actora contra la Sentencia dictada en el citado juicio.

PRIMERO.- El Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga dictó Sentencia de fecha 26 de Febrero de 2007, en el juicio Ordinario N.º 574/06 , del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- QUE ESTIMO TOTALMENTE LA DEMANDA presentada por la Procuradora Sra. Sánchez Díaz, en nombre y representación de DOÑA Patricia y defendida por el Letrado Sr. Cabrera Pedrero, contra ANIMAL BUILDING, S.L., representada por la Procuradora Sra. Picón Villalón y defendida por el Letrado Sr. Roji Fernández, allanada, y en consecuencia:

Primero.- Debo declarar y declaro la nulidad de la Junta Universal de 30 de Junio de 2005 celebrada por la sociedad ANIMAL BUILDINGS, S.L., condenando a la misma a estar y pasar por dicha declaración.

Segundo: Sin expresa imposición de costas."

SEGUNDO.- Contra la expresada Sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la actora, el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde, al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día 18 de Septiembre de 2007 , quedaron las actuaciones conclusas para Sentencia.

TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO.

Estimar el recurso de Apelación formulado por la representación procesal de Dña Patricia frente a la Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Mercantil N.º Uno de Málaga en los autos de Juicio Ordinario N.º 574/06 a que este rollo se refiere y, en su virtud, debemos revocar y revocamos en parte dicha resolución, en el único sentido de imponer a la parte demandada las costas procesales devengadas en la primera instancia, confirmándose en todo lo demás la Sentencia recurrida, no imponiéndose las costas de esta alzada a ninguno de los litigantes.

Devuélvanse los autos originales con certificación de esta Sentencia, al Juzgado del que dimanan para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

Fallo

Estimar el recurso de Apelación formulado por la representación procesal de Dña Patricia frente a la Sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Mercantil N.º Uno de Málaga en los autos de Juicio Ordinario N.º 574/06 a que este rollo se refiere y, en su virtud, debemos revocar y revocamos en parte dicha resolución, en el único sentido de imponer a la parte demandada las costas procesales devengadas en la primera instancia, confirmándose en todo lo demás la Sentencia recurrida, no imponiéndose las costas de esta alzada a ninguno de los litigantes.

Devuélvanse los autos originales con certificación de esta Sentencia, al Juzgado del que dimanan para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E/

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