Sentencia Civil Nº 476/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 4323/1998 de 19 de Mayo de 2003
Última revisión
Sentencia Civil Nº 476/2003, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Rec 4323/1998 de 19 de Mayo de 2003
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 19 de Mayo de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GULLON BALLESTEROS, ANTONIO
Nº de sentencia: 476/2003
Nº de recurso: 4323/1998
Núm. Cendoj: 28079110002003100505
Resumen
Es evidente que los defectos que hacen inhabitable el inmueble adquirido no son meras imperfecciones que no lo impiden, sino que frustran la finalidad perseguida por la compraventa, y así lo ha declarado reiteradamente esta Sala (S.S. 6 de marzo 1.985 y 6 abril 1.989, entre otras muchas). Tales vicios son cuantiosas humedades por capilaridad ascendente del suelo, que han aparecido varios años después de procederse a la venta del inmueble. Sería enormemente injusta la aplicación del art. 1.484 a unos vicios que está probado que se ponen de relieve con el tiempo, no dentro del reducido plazo de seis meses que concede el Código civil para la acción de saneamiento por vicios ocultos (art. 1.490), y que son causa de una ruina potencial del inmueble, que tiene su tratamiento legal propio y específico en los arts. 1.101 y 1.591 del Código civil.
Voces
Humedades
Incumplimiento del contrato
Saneamiento por vicios ocultos
Responsabilidad
Acción de saneamiento por vicios ocultos
Vicios ocultos
Aliud pro alio
Muros
Incongruencia omisiva
Obra de nueva planta
Comitente
Dueño de obra
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