Sentencia Civil Nº 496/20...io de 2010

Última revisión
29/07/2010

Sentencia Civil Nº 496/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 265/2006 de 29 de Julio de 2010

Tiempo de lectura: 44 min

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Orden: Civil

Fecha: 29 de Julio de 2010

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARIN CASTAN, FRANCISCO

Nº de sentencia: 496/2010

Núm. Cendoj: 28079110012010100523

Núm. Ecli: ES:TS:2010:4536

Resumen
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sección 25ª de la Audiencia Provincial de Madrid, sobre solicitud de declaración de nulidad de diversas hipotecas y ventas realizadas durante el periodo de retroacción de la quiebra. La Sala declara que la posible nulidad de esos actos, no alcanza al acto de disposición que realice el adquirente a favor de otro, tercero, que será subadquirente y tercero hipotecario protegido por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Este, efectivamente, adquiere a título oneroso un derecho real sobre una finca de persona que no está quebrada y es propietaria según el Registro de la Propiedad, con facultades para transmitirla: no tiene sentido jurídico que este adquirente, por ser subadquirente de un quebrado (tanto más si no consta en el Registro de la Propiedad la declaración de quiebra) se vea privado del derecho que adquirió confiado en el Registro.

Voces

Quiebra

Hipoteca

Buena fe

Registro de la Propiedad

Ejecución hipotecaria

Declaración de concurso

Mala fe

Tercero hipotecario

Demanda incidental

A título oneroso

Acto de disposición

Buena fe del tercero

Saldo deudor

Sociedad de responsabilidad limitada

Disminución del patrimonio

Junta de acreedores

Motivación de las sentencias

Denominación social

Anotación preventiva de la demanda

Asiento registral

Cancelación registral

Poseedor

Anotación preventiva

Insolvencia

Procedimiento concursal

Protección registral

Principio de fe pública registral

Seguridad jurídica

Ope legis

Incapacidad

Daños y perjuicios

Bienes muebles

Negocio jurídico

Entidades de crédito

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Julio de dos mil diez.

La Sala Primera del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados indicados al margen, ha visto el presente …

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