Sentencia Civil Nº 511/20...re de 2009

Última revisión
23/09/2009

Sentencia Civil Nº 511/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 249/2009 de 23 de Septiembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 23 de Septiembre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 511/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00511/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7003980/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 249/2009

Autos: JUICIO VERBAL 948/2007

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 5 DE COLMENAR VIEJO, MADRID

De: Isidro

Procurador: ANTONIO ÁNGEL SÁNCHEZ-JAUREGUI ALCALDE

Contra: Coro , Raimundo

Procurador: Mª JOSÉ LAURA GONZÁLEZ FORTES, SIN REPRESENTACIÓN ASIGNADA

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN

En Madrid, a veintitres de Septiembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 948/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DON Isidro , representado por el Procurador Sr. Don Antonio Ángel Sánchez-Jauregui Alcaide y defendido por Letrado, y de otra como apelados demandados Dª Coro , representada por la Procuradora Sra. Dª Mª José Laura González Fortes y defendida por Letrado, y DON Raimundo , rebelde en la 1ª Instancia, seguidos por el trámite de Juicio Verbal por Desahucio.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

Antecedentes

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo, Madrid, en fecha 27 de Octubre de 2.008 , se dictó Sentencia Nº 524/2008 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que desestimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales D. BRAULIO MATELLANO MARTÍN, en nombre y representación de D. Isidro , contra D. Raimundo y DÑA. Coro , declaro no haber lugar a la resolución interesada por el actor del contrato de arrendamiento firmado entre las partes, sobre la vivienda sita en la CALLE000 , Nº NUM000 , piso NUM001 NUM002 , en Colmenar Viejo, Madrid, con expresa imposición a la actora de las costas generadas en el procedimiento."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 1 de Julio de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 22 de Septiembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00511/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7003980/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 249/2009

Autos: JUICIO VERBAL 948/2007

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 5 DE COLMENAR VIEJO, MADRID

De: Isidro

Procurador: ANTONIO ÁNGEL SÁNCHEZ-JAUREGUI ALCALDE

Contra: Coro , Raimundo

Procurador: Mª JOSÉ LAURA GONZÁLEZ FORTES, SIN REPRESENTACIÓN ASIGNADA

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN

En Madrid, a veintitres de Septiembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 948/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DON Isidro , representado por el Procurador Sr. Don Antonio Ángel Sánchez-Jauregui Alcaide y defendido por Letrado, y de otra como apelados demandados Dª Coro , representada por la Procuradora Sra. Dª Mª José Laura González Fortes y defendida por Letrado, y DON Raimundo , rebelde en la 1ª Instancia, seguidos por el trámite de Juicio Verbal por Desahucio.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo, Madrid, en fecha 27 de Octubre de 2.008 , se dictó Sentencia Nº 524/2008 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que desestimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales D. BRAULIO MATELLANO MARTÍN, en nombre y representación de D. Isidro , contra D. Raimundo y DÑA. Coro , declaro no haber lugar a la resolución interesada por el actor del contrato de arrendamiento firmado entre las partes, sobre la vivienda sita en la CALLE000 , Nº NUM000 , piso NUM001 NUM002 , en Colmenar Viejo, Madrid, con expresa imposición a la actora de las costas generadas en el procedimiento."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 1 de Julio de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 22 de Septiembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

La Sala, estimando el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Sr. Sánchez-Jaúregui Alcaide, en nombre y representación de DON Isidro , contra la Sentencia Nº 524/2008, dictada en fecha 27 de Octubre de 2.008, por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo , en autos de Juicio Verbal de Desahucio Nº 948/2.007, acuerda revocar dicha resolución, acordando en su lugar lo siguiente:

1.- Se estima la demanda de desahucio por falta de pago interpuesta por el Procurador Sr. Sánchez-Jaúregui Alcaide, en representación de DON Isidro , como actor, contra D. Raimundo y Doña Coro , como demandados, declarando resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 1 de Septiembre de 1.983.

2.- En consecuencia, procede el desahucio de los arrendatarios, los cuales han de dejar libre, vacuo, expedito y a disposición del arrendatario, el inmueble sito en la CALLE000 Nº NUM000 , NUM001 NUM002 , de Colmenar Viejo, Madrid.

3.- Con expresa imposición de las costas procesales originadas en Primera Instancia a la parte demandada.

Sin pronunciamiento con respecto a las costas procesales causadas en esta instancia.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 249/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

Fallo

La Sala, estimando el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Sr. Sánchez-Jaúregui Alcaide, en nombre y representación de DON Isidro , contra la Sentencia Nº 524/2008, dictada en fecha 27 de Octubre de 2.008, por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Colmenar Viejo , en autos de Juicio Verbal de Desahucio Nº 948/2.007, acuerda revocar dicha resolución, acordando en su lugar lo siguiente:

1.- Se estima la demanda de desahucio por falta de pago interpuesta por el Procurador Sr. Sánchez-Jaúregui Alcaide, en representación de DON Isidro , como actor, contra D. Raimundo y Doña Coro , como demandados, declarando resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 1 de Septiembre de 1.983.

2.- En consecuencia, procede el desahucio de los arrendatarios, los cuales han de dejar libre, vacuo, expedito y a disposición del arrendatario, el inmueble sito en la CALLE000 Nº NUM000 , NUM001 NUM002 , de Colmenar Viejo, Madrid.

3.- Con expresa imposición de las costas procesales originadas en Primera Instancia a la parte demandada.

Sin pronunciamiento con respecto a las costas procesales causadas en esta instancia.

Así por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 249/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

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