Sentencia Civil Nº 515/20...re de 2009

Última revisión
30/10/2009

Sentencia Civil Nº 515/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 629/2009 de 30 de Octubre de 2009

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Tiempo de lectura: 8 min

Orden: Civil

Fecha: 30 de Octubre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: LEGIDO LOPEZ, EPIFANIO

Nº de sentencia: 515/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00515/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7010033 /2009

ROLLO: RECURSO DE APELACION 629/2009

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1290/2007

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID

Apelante/s: Rebeca

Procurador:

Apelado/s: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000

Procurador:

SENTENCIA Nº 515

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO

En MADRID a, treinta de octubre de dos mil nueve.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 1290/2007, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Madrid y seguidos sobre impugnación de acuerdos comunitarios, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 629/2009, en el que han sido partes, como apelante-demandante, Dª Rebeca , que estuvo representada por la Procuradora Sra. Mateo Herranz y que se defendió a si misma; y de otra, como apelada-demandada, la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 de Madrid, que vino al litigio representada por el Procurador Sr. Fernández Múgica, y que también estuvo defendida por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

Antecedentes

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO.- Con fecha 29-07-2008 el Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Herranz Mateos, en nombre y representación de Dª Rebeca , contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 y en su mérito absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda. Con expresa condena en costas a la parte actora".

SEGUNDO.- Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Dª Rebeca , que formalizó adecuadamente (folios 174 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte que dejó precluir el trámite de oposición, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 29-09-2009, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO.- En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el veintiséis de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00515/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7010033 /2009

ROLLO: RECURSO DE APELACION 629/2009

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1290/2007

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID

Apelante/s: Rebeca

Procurador:

Apelado/s: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000

Procurador:

SENTENCIA Nº 515

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO

En MADRID a, treinta de octubre de dos mil nueve.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 1290/2007, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Madrid y seguidos sobre impugnación de acuerdos comunitarios, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 629/2009, en el que han sido partes, como apelante-demandante, Dª Rebeca , que estuvo representada por la Procuradora Sra. Mateo Herranz y que se defendió a si misma; y de otra, como apelada-demandada, la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 de Madrid, que vino al litigio representada por el Procurador Sr. Fernández Múgica, y que también estuvo defendida por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO.- Con fecha 29-07-2008 el Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Herranz Mateos, en nombre y representación de Dª Rebeca , contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 y en su mérito absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda. Con expresa condena en costas a la parte actora".

SEGUNDO.- Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Dª Rebeca , que formalizó adecuadamente (folios 174 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte que dejó precluir el trámite de oposición, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 29-09-2009, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO.- En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el veintiséis de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por Dª Rebeca , que estuvo representada por la Procuradora Sra. Mateo Herranz, respecto del cual no formuló oposición la contraparte Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, que vino al litigio representada en la instancia por el Procurador Sr. Fernández Múgica, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Madrid (ordinario 1290/07 ) en 29 de julio de 2008, debemos revocar, como revocamos la repetida resolución, para, estimando la demanda en su día interpuesta por Dª Rebeca , declarar, como declaramos, la nulidad del acuerdo sexto adoptado por la junta ordinaria de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid de fecha 28 de marzo de 2007, referido a "cambio de destino del local 3 del DIRECCION000 NUM000 , dividiendo el mismo para su conversión en dos apartamentos/estudios, entre los cuales a su vez se dividirá el coeficiente de participación del local", por ser contrario a la ley y resultar gravemente lesivo para los intereses de la Sra. Rebeca y por haberse adoptado con manifiesto abuso del derecho, autorizando, como se autoriza, la conversión del local repetido en dos estudios/apartamentos en la forma que consta en el informe de la Sra. Leonor , y con los coeficientes de participación que allí se concretan, a los que específicamente remitimos, imponiéndose las costas de la primera instancia a la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, sin que se haga pronunciamiento expreso de las devengadas en la alzada, al estimarse, como se estimó, el recurso devolutivo interpuesto.

Notifíquese esta sentencia a las partes y dése cumplimiento al art. 248.4 LOPJ .

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilmos. Sres. Magistrados de este Tribunal.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Doy fe.

Fallo

Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por Dª Rebeca , que estuvo representada por la Procuradora Sra. Mateo Herranz, respecto del cual no formuló oposición la contraparte Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, que vino al litigio representada en la instancia por el Procurador Sr. Fernández Múgica, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Madrid (ordinario 1290/07 ) en 29 de julio de 2008, debemos revocar, como revocamos la repetida resolución, para, estimando la demanda en su día interpuesta por Dª Rebeca , declarar, como declaramos, la nulidad del acuerdo sexto adoptado por la junta ordinaria de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid de fecha 28 de marzo de 2007, referido a "cambio de destino del local 3 del DIRECCION000 NUM000 , dividiendo el mismo para su conversión en dos apartamentos/estudios, entre los cuales a su vez se dividirá el coeficiente de participación del local", por ser contrario a la ley y resultar gravemente lesivo para los intereses de la Sra. Rebeca y por haberse adoptado con manifiesto abuso del derecho, autorizando, como se autoriza, la conversión del local repetido en dos estudios/apartamentos en la forma que consta en el informe de la Sra. Leonor , y con los coeficientes de participación que allí se concretan, a los que específicamente remitimos, imponiéndose las costas de la primera instancia a la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, sin que se haga pronunciamiento expreso de las devengadas en la alzada, al estimarse, como se estimó, el recurso devolutivo interpuesto.

Notifíquese esta sentencia a las partes y dése cumplimiento al art. 248.4 LOPJ .

Así por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Ilmos. Sres. Magistrados de este Tribunal.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo. Doy fe.

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