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Sentencia Civil Nº 572/2007, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 2648/2000 de 14 de Mayo de 2007
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Orden: Civil
Fecha: 14 de Mayo de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ALMAGRO NOSETE, JOSE
Nº de sentencia: 572/2007
Núm. Cendoj: 28079110012007100558
Resumen
No ha lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, sobre reclamación por defectos constructivos. El Alto Tribunal señala que, en el presente supuesto, el objeto del procedimiento de ejecución y la resolución recaída no son susceptibles de control casacional. Se basa el Tribunal Supremo en la disposición legal que establece que "contra el auto dictado en apelación por la Audiencia no se dará recurso alguno". Aclara el Alto Tribunal que la "finalidad es la de evitar que el Tribunal Supremo se convierta en un órgano de instancia, que tenga por función examinar todas las pruebas y fijar la cantidad líquida a cuyo pago hubiera condenado la sentencia firme recaída en el proceso".
Voces
Ejecución de la sentencia
Ejecutoria
Sentencia firme
Causa de inadmisión
Defecto de construcción
Cantidad líquida
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a catorce de Mayo de dos mil siete.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen, recurso de …
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