Sentencia Civil Nº 575/20...re de 2009

Última revisión
26/10/2009

Sentencia Civil Nº 575/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 409/2009 de 26 de Octubre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 26 de Octubre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 575/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00575/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7006636/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 409/2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1248/2008

Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 84 DE MADRID

De: Lourdes

Procurador: MARTA FRANCH MARTÍNEZ

Contra: BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

Procurador: MARÍA JOSÉ BUENO RAMÍREZ

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN

En Madrid, a veintiséis de Octubre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1248/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 84 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª Lourdes , representada por la Procuradora Sra. Dª Marta Franch Martínez y defendido por Letrado, y de otra como apelado demandado la mercantil BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., representada por la Procuradora Sra. Dª Mª José Bueno Ramírez y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

Antecedentes

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 84 de Madrid, en fecha 10 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia Nº 51/2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que desestimando la demanda interpuesta por doña Lourdes contra la mercantil BANCO DE CASTILL S.A., debo absolver y absuelvo a la citada demandada de la reclamación dineraria contenida en la misma, ello con expresa imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 1 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de Octubre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00575/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7006636/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 409/2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1248/2008

Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 84 DE MADRID

De: Lourdes

Procurador: MARTA FRANCH MARTÍNEZ

Contra: BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

Procurador: MARÍA JOSÉ BUENO RAMÍREZ

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN

En Madrid, a veintiséis de Octubre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1248/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 84 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª Lourdes , representada por la Procuradora Sra. Dª Marta Franch Martínez y defendido por Letrado, y de otra como apelado demandado la mercantil BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., representada por la Procuradora Sra. Dª Mª José Bueno Ramírez y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 84 de Madrid, en fecha 10 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia Nº 51/2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que desestimando la demanda interpuesta por doña Lourdes contra la mercantil BANCO DE CASTILL S.A., debo absolver y absuelvo a la citada demandada de la reclamación dineraria contenida en la misma, ello con expresa imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 1 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de Octubre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Franch Martñinez, en representación de Dª Lourdes , contra la Sentencia Nº 51/2009, dictada en fecha 10 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 84 de Madrid , en Autos de Juicio Ordinario Nº 409/2009 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

Con expresa imposición a la apelante de las costas causadas en esta instancia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 409/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

Fallo

La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Franch Martñinez, en representación de Dª Lourdes , contra la Sentencia Nº 51/2009, dictada en fecha 10 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 84 de Madrid , en Autos de Juicio Ordinario Nº 409/2009 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

Con expresa imposición a la apelante de las costas causadas en esta instancia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 409/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.