Última revisión
27/11/2007
Sentencia Civil Nº 584/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 260/2007 de 27 de Noviembre de 2007
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Orden: Civil
Fecha: 27 de Noviembre de 2007
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: VALDIVIESO POLAINO, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 584/2007
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Decimosexta
ROLLO Nº 260/2007-C
JUICIO VERBAL NÚM. 593/2006
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 MATARÓ (ANT.CI-1)
Ilmos. Sres.
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO
D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de noviembre de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 593/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Mataró (ant.CI-1), a instancia de VIATGES TUTSI S.L., contra D. Jesús Luis ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de noviembre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.
Antecedentes
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por VIATGES TUTSI SL debo condenar y condeno a D. Jesús Luis a abonar a la actora la cantidad de 624 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde el 26 de abril de 2006 hasta la fecha de la sentencia, sin perjuicio de los intereses procesales que devengue la cantidad objeto de condena, con expresa condena en costas para el demandado.".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 31 de octubre de 2007.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Decimosexta
ROLLO Nº 260/2007-C
JUICIO VERBAL NÚM. 593/2006
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 MATARÓ (ANT.CI-1)
Ilmos. Sres.
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO
D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de noviembre de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, número 593/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 1 Mataró (ant.CI-1), a instancia de VIATGES TUTSI S.L., contra D. Jesús Luis ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de noviembre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por VIATGES TUTSI SL debo condenar y condeno a D. Jesús Luis a abonar a la actora la cantidad de 624 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde el 26 de abril de 2006 hasta la fecha de la sentencia, sin perjuicio de los intereses procesales que devengue la cantidad objeto de condena, con expresa condena en costas para el demandado.".
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 31 de octubre de 2007.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.
Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por D. Jesús Luis contra la sentencia de fecha trece de noviembre de dos mil seis, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Mataró en el asunto mencionado en el encabezamiento, debemos revocar y revocamos dicha sentencia y, en su lugar, desestimando la demanda, absolvemos libremente a dicho recurrente de la pretensión deducida contra él, con imposición de las costas de primera instancia a la demandante, VIATGES TUTSI, S.L. Sin costas de apelación.
Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con testimonio de esta sentencia, para su cumplimiento.
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las leyes. Doy fe.
Fallo
Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por D. Jesús Luis contra la sentencia de fecha trece de noviembre de dos mil seis, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Mataró en el asunto mencionado en el encabezamiento, debemos revocar y revocamos dicha sentencia y, en su lugar, desestimando la demanda, absolvemos libremente a dicho recurrente de la pretensión deducida contra él, con imposición de las costas de primera instancia a la demandante, VIATGES TUTSI, S.L. Sin costas de apelación.
Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con testimonio de esta sentencia, para su cumplimiento.
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las leyes. Doy fe.

