Sentencia Civil Nº 588/20...re de 2009

Última revisión
05/11/2009

Sentencia Civil Nº 588/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 488/2009 de 05 de Noviembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 05 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 588/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00588/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7007872 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 488/2009

Autos: JUICIO VERBAL 504/2008

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 6 DE GETAFE, MADRID

De: Ignacio

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: Adolfina

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En Madrid, a cinco de Noviembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 504/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandando DON Ignacio , y de otra como apelado demandante Dª Adolfina , ambos sin representación legal profesional asignada en la Instancia, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

Antecedentes

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid, en fecha 11 de Febrero de 2.009, se dictó Sentencia Nº 29/2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que estimando parcialmente la demandante interpuesta a instancia de Dª Adolfina contra Ignacio , debo condenar y condeno a Ignacio a que abone al actor la cantidad de 1096,28 ?, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00588/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7007872 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 488/2009

Autos: JUICIO VERBAL 504/2008

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 6 DE GETAFE, MADRID

De: Ignacio

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: Adolfina

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En Madrid, a cinco de Noviembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 504/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandando DON Ignacio , y de otra como apelado demandante Dª Adolfina , ambos sin representación legal profesional asignada en la Instancia, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid, en fecha 11 de Febrero de 2.009, se dictó Sentencia Nº 29/2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"Que estimando parcialmente la demandante interpuesta a instancia de Dª Adolfina contra Ignacio , debo condenar y condeno a Ignacio a que abone al actor la cantidad de 1096,28 ?, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

La Sala, ESTIMANDO PARCIALMENTE el Recurso de Apelación, interpuesto por DON Ignacio , en su propio nombre y representación, contra la Sentencia Nº 29/2009, dictada en fecha 11 de Febrero de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 504/2008 , acuerda revocar dicha resolución en los siguientes términos:

1.- Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier María Ortiz España, en representación de Doña Adolfina , como actora, contra D. Ignacio , como demandado; se acuerda condenar al demandado a abonar a la actora la cantidad de 542,14 ?.

2.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

No se efectúa pronunciamiento con respecto a las costas generadas por la interposición del recurso de apelación, condenando a Doña Adolfina a las costas originadas por la impugnación de la sentencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 488/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

Fallo

La Sala, ESTIMANDO PARCIALMENTE el Recurso de Apelación, interpuesto por DON Ignacio , en su propio nombre y representación, contra la Sentencia Nº 29/2009, dictada en fecha 11 de Febrero de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Getafe, Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 504/2008 , acuerda revocar dicha resolución en los siguientes términos:

1.- Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier María Ortiz España, en representación de Doña Adolfina , como actora, contra D. Ignacio , como demandado; se acuerda condenar al demandado a abonar a la actora la cantidad de 542,14 ?.

2.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

No se efectúa pronunciamiento con respecto a las costas generadas por la interposición del recurso de apelación, condenando a Doña Adolfina a las costas originadas por la impugnación de la sentencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 488/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

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