Última revisión
06/11/2007
Sentencia Civil Nº 599/2007, Audiencia Provincial de Malaga, Rec 558/2007 de 06 de Noviembre de 2007
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 6 min
Orden: Civil
Fecha: 06 de Noviembre de 2007
Tribunal: AP - Malaga
Ponente: HERNANDEZ CALVO, MELCHOR ANTONIO
Nº de sentencia: 599/2007
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA
ILUSTRISIMO SR
PRESIDENTE
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº11 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 558/2007
JUICIO Nº 887/2005
En la Ciudad de Málaga a seis de noviembre de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso GENESIS SEGUROS que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. MARIA JOSE PEREZ CARAVANTE y defendido por el Letrado D. PERALTA FISCHER, EMILIO. Es parte recurrida VAN AMEYDE que está representado por el Procurador D. MARTINEZ SANCHEZ MORALES, MARIA ANGUSTIAS, que en la instancia ha litigado como parte demandada .
Antecedentes
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 28-7-06 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda formulada por Genesis Seguros contra "Van Ameyde & Aficresa" representante en España de la aseguradora Aachener und Munchener, debo absolver y absuelvo de la misma al demandado, con imposición de costas al actor". Posteriormente se dictó auto con fecha 14-11-06 cuya parte dispositva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la sentencia en fecha 28 Julio del 2006 en el sentido que consta en los fundamentos juridicos de esta resolución.
SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 24-10-07quedando visto para sentencia.
TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO quien expresa el parecer del Tribunal.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA
ILUSTRISIMO SR
PRESIDENTE
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº11 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 558/2007
JUICIO Nº 887/2005
En la Ciudad de Málaga a seis de noviembre de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso GENESIS SEGUROS que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. MARIA JOSE PEREZ CARAVANTE y defendido por el Letrado D. PERALTA FISCHER, EMILIO. Es parte recurrida VAN AMEYDE que está representado por el Procurador D. MARTINEZ SANCHEZ MORALES, MARIA ANGUSTIAS, que en la instancia ha litigado como parte demandada .
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 28-7-06 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda formulada por Genesis Seguros contra "Van Ameyde & Aficresa" representante en España de la aseguradora Aachener und Munchener, debo absolver y absuelvo de la misma al demandado, con imposición de costas al actor". Posteriormente se dictó auto con fecha 14-11-06 cuya parte dispositva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la sentencia en fecha 28 Julio del 2006 en el sentido que consta en los fundamentos juridicos de esta resolución.
SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 24-10-07quedando visto para sentencia.
TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO quien expresa el parecer del Tribunal.
Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la mercantil Génesis Seguros, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Once de Málaga, en los autos de juicio verbal a que dicho recurso se refiere, previa revocación de la misma, debemos:
a) Estimar la demanda formulada en la instancia, condenando a la entidad Van Ameyde a que abone a la mercantil actora la cantidad de 1.808,27 euros, de los que a consignado 708,95 euros, e interés legal de las respectivas cantidades, desde la fecha de interposición de la demanda mas los intereses procesales correspondientes por el resto, desde la fecha del dictado de la sentencia recurrida, y, al pago de las costas causadas en la instancia.
b) Confirmar el resto de los pronunciamientos contenidos en la sentencia recurrida.
c) No hacer expresa condena de las costas causadas en esta alzada.
Notificada que sea la presente resolución con expresión de los recursos que proceden, remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- En el día de su fecha fue leída la anterior sentencia, por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente, estando constituido en Audiencia Pública, de lo que doy fe.
Fallo
Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la mercantil Génesis Seguros, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Once de Málaga, en los autos de juicio verbal a que dicho recurso se refiere, previa revocación de la misma, debemos:
a) Estimar la demanda formulada en la instancia, condenando a la entidad Van Ameyde a que abone a la mercantil actora la cantidad de 1.808,27 euros, de los que a consignado 708,95 euros, e interés legal de las respectivas cantidades, desde la fecha de interposición de la demanda mas los intereses procesales correspondientes por el resto, desde la fecha del dictado de la sentencia recurrida, y, al pago de las costas causadas en la instancia.
b) Confirmar el resto de los pronunciamientos contenidos en la sentencia recurrida.
c) No hacer expresa condena de las costas causadas en esta alzada.
Notificada que sea la presente resolución con expresión de los recursos que proceden, remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- En el día de su fecha fue leída la anterior sentencia, por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente, estando constituido en Audiencia Pública, de lo que doy fe.
