Sentencia Civil Nº 605/20...re de 2009

Última revisión
10/11/2009

Sentencia Civil Nº 605/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 419/2009 de 10 de Noviembre de 2009

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Orden: Civil

Fecha: 10 de Noviembre de 2009

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 605/2009


Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00605/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7006772/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 419/2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 108/2008

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 3 DE ARANJUEZ, MADRID

De: Diego , Jesús

Procurador: ENRIQUETA SALMAN-ALONSO KHOURI

Contra: Segismundo

Procurador: JOSÉ ANTONIO SANDÍN FERNÁNDEZ

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En Madrid, a diez de Noviembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 108/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandantes DON Diego y DON Jesús , representados por la Procuradora Sra. Dª Enriqueta Salman-Alonso Khouri y defendidos por Letrado, y de otra como apelado demandado DON Segismundo , representado por el Procurador Sr. Don José Antonio Sandín Fernández y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

Antecedentes

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid, en fecha 23 de Febrero de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la representación procesal de D. Diego y D. Jesús , cuya cuantía se fija en 880 euros, contra D. Segismundo , absolviendo al demandado de los pedimento formulados contra el mismo, con condena a la actora a las costas del rpesente procedimiento."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00605/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7006772/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 419/2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 108/2008

Órgano Procedencia: JZDO. 1ª INSTCIA. E INSTRUC. Nº 3 DE ARANJUEZ, MADRID

De: Diego , Jesús

Procurador: ENRIQUETA SALMAN-ALONSO KHOURI

Contra: Segismundo

Procurador: JOSÉ ANTONIO SANDÍN FERNÁNDEZ

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En Madrid, a diez de Noviembre de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 108/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandantes DON Diego y DON Jesús , representados por la Procuradora Sra. Dª Enriqueta Salman-Alonso Khouri y defendidos por Letrado, y de otra como apelado demandado DON Segismundo , representado por el Procurador Sr. Don José Antonio Sandín Fernández y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid, en fecha 23 de Febrero de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:

"DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la representación procesal de D. Diego y D. Jesús , cuya cuantía se fija en 880 euros, contra D. Segismundo , absolviendo al demandado de los pedimento formulados contra el mismo, con condena a la actora a las costas del rpesente procedimiento."

SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.

CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación, interpuesto por la Procuradora Sra. Salman-alonso Khouri, en nombre y representación de DON Diego y DON Jesús , contra la Sentencia dictada en fecha 23 de Febrero de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid , en Autos de Juicio Ordinario Nº 108/2008 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

Con expresa imposición de costas procesales a la parte recurrente

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 419/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

Fallo

La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación, interpuesto por la Procuradora Sra. Salman-alonso Khouri, en nombre y representación de DON Diego y DON Jesús , contra la Sentencia dictada en fecha 23 de Febrero de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Aranjuez, Madrid , en Autos de Juicio Ordinario Nº 108/2008 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

Con expresa imposición de costas procesales a la parte recurrente

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 419/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.

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