Última revisión
10/11/2009
Sentencia Civil Nº 606/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 479/2009 de 10 de Noviembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 10 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL
Nº de sentencia: 606/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00606/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7007756/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 479/2009
Autos: JUICIO VERBAL 1498/2005
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 36 DE MADRID
De: Encarnacion , COMO TUTOTA DE Raquel
Procurador: AMALIA JOSEFA DELGADO CID
Contra: Caridad , Pedro
Procurador: PILAR IRIBARREN CAVALLE
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
En Madrid, a diez de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1498/2005, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 36 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada Dª Encarnacion , como tutora de Dª Raquel , representada por la Procuradora Sra. Dª Amalia Josefa Delgado Cid y defendida por Letrado, y de otra como apelados demandantes Dª Caridad y DON Pedro , representados por la Procuradora Sra. Dª Pilar Iribarren Cavalle y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
Antecedentes
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 36 nde Madrid, en fecha 30 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Iribarren Cavalle, en nombre y representación de Dª Caridad Y D. Pedro contra Dª Encarnacion , TUTORA Dª Raquel , representada por la procuradora Sra delgado Cid debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por rpecario. En consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados y a cualquier tercero ajeno a la propiedad que estuviese en dicha finca a desalojar el inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM000 NUM001 situada en la planta segunda sin contar la baja de Madrid, con el apercibimiento de ser desalojado a su costa. Con imposición de costas al demandado."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 8 de Octubre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00606/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7007756/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 479/2009
Autos: JUICIO VERBAL 1498/2005
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 36 DE MADRID
De: Encarnacion , COMO TUTOTA DE Raquel
Procurador: AMALIA JOSEFA DELGADO CID
Contra: Caridad , Pedro
Procurador: PILAR IRIBARREN CAVALLE
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
En Madrid, a diez de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1498/2005, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 36 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada Dª Encarnacion , como tutora de Dª Raquel , representada por la Procuradora Sra. Dª Amalia Josefa Delgado Cid y defendida por Letrado, y de otra como apelados demandantes Dª Caridad y DON Pedro , representados por la Procuradora Sra. Dª Pilar Iribarren Cavalle y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 36 nde Madrid, en fecha 30 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Iribarren Cavalle, en nombre y representación de Dª Caridad Y D. Pedro contra Dª Encarnacion , TUTORA Dª Raquel , representada por la procuradora Sra delgado Cid debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por rpecario. En consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados y a cualquier tercero ajeno a la propiedad que estuviese en dicha finca a desalojar el inmueble sito en la calle DIRECCION000 nº NUM000 NUM001 situada en la planta segunda sin contar la baja de Madrid, con el apercibimiento de ser desalojado a su costa. Con imposición de costas al demandado."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 8 de Octubre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Delgado Cid, en representación de Dª Encarnacion , como tutora de Dª Raquel , contra la Sentencia dictada en fecha 30 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 36 de Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 1498/2005 , acuerda confirmar dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 479/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
Fallo
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Delgado Cid, en representación de Dª Encarnacion , como tutora de Dª Raquel , contra la Sentencia dictada en fecha 30 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 36 de Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 1498/2005 , acuerda confirmar dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 479/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
