Última revisión
13/11/2009
Sentencia Civil Nº 607/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 119/2009 de 13 de Noviembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 13 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL
Nº de sentencia: 607/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00607/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7001881/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 119/2009
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1133/2004
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 10 DE MADRID
De: Rocío , Benjamín , Tarsila , Celso , Marí Trini , Donato , Adriana , Ezequias , Primitivo ,
Rosendo , Luisa , Teofilo , Montserrat , Jose Ángel , Rebeca , Luis Alberto , Soledad , Juan Miguel , Marí Juana , Alejandro , Alicia , Aurelio , Bárbara , Carolina , Cecilio , David , Elisenda , Erasmo ,
Fermina , Florencio , Isabel , Héctor , Marcelina , Jeronimo , Ofelia , Lorenzo , Sagrario
Procurador: Mª LUISA LÓPEZ-PUIGCERVER PORTILLO, ROSA Mª MARTÍNEZ VIRGILI
Contra: MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, Oscar , Ricardo , ASESMAS DE
SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, PROMOCIONES ALMAGRO PROAL, S.L., COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT ABSORBIDA POR ECA
ENTIDAD COLABORADORA DE LA ADMINISTRADORA, S.A.
Procurador: JESÚS IGLESIAS PÉREZ, Mª MACARENA RODRÍGUEZ RUIZ, MAGDALENA RUIZ DE LUNA GONZÁLEZ, ALICIA ÁLVAREZ PÉREZ
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN
En Madrid, a trece de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1133/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada Dª Rocío , representada por la Procuradora Sra. Dª Mª Luisa López-Puigcerver Portillo, y como apelantes demandantes DON Benjamín , Dª Tarsila , DON Celso , Dª Marí Trini , DON Donato , Dª Adriana , DON Ezequias , DON Primitivo , DON Rosendo , Dª Luisa , DON Teofilo , Dª Montserrat , DON Jose Ángel , Dª Rebeca , DON Luis Alberto , Dª Soledad , DON Juan Miguel , Dª Marí Juana , DON Alejandro , Dª Alicia , DON Aurelio , Dª Bárbara , Dª Carolina , DON Cecilio , DON David , Dª Elisenda , DON Erasmo , Dª Fermina , DON Florencio , Dª Isabel , DON Héctor , Dª Marcelina , DON Jeronimo , Dª Ofelia , DON Lorenzo , Dª Sagrario , todos ellos representados por la Procuradora Rosa Mª Martínez Virgili, y unos y otros defendidos por sus respectivos Letrados, y de otra como apelados demandados la mercantil MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, representada por el Procurador Sr. Don Jesús Iglesias Pérez, y DON Oscar , DON Ricardo y la mercantil ASESMAS MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representado por la Procuradora Sra. Dª Mª Macarena Rodríguez Ruiz y las mercantiles PROMOCIONES ALMAGRO PROAL, S.L., representada por la Procuradora Sra. Dª Magdalena Ruiz de Luna González, y COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT absorbida por ECA ENTIDAD COLABORADORA DE LA ADMINISTRADORA, S.A., representada por la Procuradora Sra. Dª Alicia Álvarez Plaza, defendidos todos ellos por sus respectivos Letrados, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. SDª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
Antecedentes
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Madrid de 2.009, en fecha 20 de Diciembre de 2.007 , se dictó Sentencia Nº 265/2007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada p0or la procuradora Sra. Martínez Virgili en nombre y representación de DON Benjamín y otros y en consecuencia debo:
1.- condenar y condeno a la entidad PROMOCIONES ALMAGRO PROAL S.L.M DON Ricardo , DON Oscar , la entidad aseguradora ASEMAS y la entidad ASEGURADORA MAPFRE INDUSTRIAL a que conjunta y solidariamente realicen la reparación de los desperfectos que se describen en el fundamento jurúidico séprimo, con el límite para ASEMAS DE 65.000 EUROS.
2.- A la entidad ALMGRO PROAL a la reparación de los desperfectos descritos en el fundamento jurídico octavo
3.- Sodiariamente a PROMOCIONES ALMAGRO PROAL S.L., DON Ricardo , DON Oscar y ASEMAS a la reparación de los desperfectos descritos en el fundamento jurídico noveno con el límite para ASEMAS DE 65.000 EUROS.
4.- Debo absolver y absuelvo a los demandados de la petición de indemnización por daños y perjuicios contenida en la demanda.
5.- No ha lugar a imponer las costas causadas en esta isntancia, a excepción de las ocasionadas a la entidad COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT que se impondrán a Don Oscar y Don Jose Augusto ."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante y por la demandada Dª Rocío . Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Octubre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00607/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7001881/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 119/2009
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1133/2004
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 10 DE MADRID
De: Rocío , Benjamín , Tarsila , Celso , Marí Trini , Donato , Adriana , Ezequias , Primitivo ,
Rosendo , Luisa , Teofilo , Montserrat , Jose Ángel , Rebeca , Luis Alberto , Soledad , Juan Miguel , Marí Juana , Alejandro , Alicia , Aurelio , Bárbara , Carolina , Cecilio , David , Elisenda , Erasmo ,
Fermina , Florencio , Isabel , Héctor , Marcelina , Jeronimo , Ofelia , Lorenzo , Sagrario
Procurador: Mª LUISA LÓPEZ-PUIGCERVER PORTILLO, ROSA Mª MARTÍNEZ VIRGILI
Contra: MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, Oscar , Ricardo , ASESMAS DE
SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, PROMOCIONES ALMAGRO PROAL, S.L., COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT ABSORBIDA POR ECA
ENTIDAD COLABORADORA DE LA ADMINISTRADORA, S.A.
Procurador: JESÚS IGLESIAS PÉREZ, Mª MACARENA RODRÍGUEZ RUIZ, MAGDALENA RUIZ DE LUNA GONZÁLEZ, ALICIA ÁLVAREZ PÉREZ
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN
En Madrid, a trece de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 1133/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada Dª Rocío , representada por la Procuradora Sra. Dª Mª Luisa López-Puigcerver Portillo, y como apelantes demandantes DON Benjamín , Dª Tarsila , DON Celso , Dª Marí Trini , DON Donato , Dª Adriana , DON Ezequias , DON Primitivo , DON Rosendo , Dª Luisa , DON Teofilo , Dª Montserrat , DON Jose Ángel , Dª Rebeca , DON Luis Alberto , Dª Soledad , DON Juan Miguel , Dª Marí Juana , DON Alejandro , Dª Alicia , DON Aurelio , Dª Bárbara , Dª Carolina , DON Cecilio , DON David , Dª Elisenda , DON Erasmo , Dª Fermina , DON Florencio , Dª Isabel , DON Héctor , Dª Marcelina , DON Jeronimo , Dª Ofelia , DON Lorenzo , Dª Sagrario , todos ellos representados por la Procuradora Rosa Mª Martínez Virgili, y unos y otros defendidos por sus respectivos Letrados, y de otra como apelados demandados la mercantil MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS, representada por el Procurador Sr. Don Jesús Iglesias Pérez, y DON Oscar , DON Ricardo y la mercantil ASESMAS MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representado por la Procuradora Sra. Dª Mª Macarena Rodríguez Ruiz y las mercantiles PROMOCIONES ALMAGRO PROAL, S.L., representada por la Procuradora Sra. Dª Magdalena Ruiz de Luna González, y COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT absorbida por ECA ENTIDAD COLABORADORA DE LA ADMINISTRADORA, S.A., representada por la Procuradora Sra. Dª Alicia Álvarez Plaza, defendidos todos ellos por sus respectivos Letrados, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. SDª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Madrid de 2.009, en fecha 20 de Diciembre de 2.007 , se dictó Sentencia Nº 265/2007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada p0or la procuradora Sra. Martínez Virgili en nombre y representación de DON Benjamín y otros y en consecuencia debo:
1.- condenar y condeno a la entidad PROMOCIONES ALMAGRO PROAL S.L.M DON Ricardo , DON Oscar , la entidad aseguradora ASEMAS y la entidad ASEGURADORA MAPFRE INDUSTRIAL a que conjunta y solidariamente realicen la reparación de los desperfectos que se describen en el fundamento jurúidico séprimo, con el límite para ASEMAS DE 65.000 EUROS.
2.- A la entidad ALMGRO PROAL a la reparación de los desperfectos descritos en el fundamento jurídico octavo
3.- Sodiariamente a PROMOCIONES ALMAGRO PROAL S.L., DON Ricardo , DON Oscar y ASEMAS a la reparación de los desperfectos descritos en el fundamento jurídico noveno con el límite para ASEMAS DE 65.000 EUROS.
4.- Debo absolver y absuelvo a los demandados de la petición de indemnización por daños y perjuicios contenida en la demanda.
5.- No ha lugar a imponer las costas causadas en esta isntancia, a excepción de las ocasionadas a la entidad COTAS INTERNACIONALES FKA-OCT que se impondrán a Don Oscar y Don Jose Augusto ."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandante y por la demandada Dª Rocío . Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Octubre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. López-Puigcerver Portillo, en nombre y representación de Dª Rocío , y por la Procuradora Sra. Martíneza Virgili, en nombre y representación de DON Benjamín , Dª Tarsila , DON Celso , Dª Marí Trini , DON Donato , Dª Adriana , DON Ezequias , DON Primitivo , DON Rosendo , Dª Luisa , DON Teofilo , Dª Montserrat , DON Jose Ángel , Dª Rebeca , DON Luis Alberto , Dª Soledad , DON Juan Miguel , Dª Marí Juana , DON Alejandro , Dª Alicia , DON Aurelio , Dª Bárbara , Dª Carolina , DON Cecilio , DON David , Dª Elisenda , DON Erasmo , Dª Fermina , DON Florencio , Dª Isabel , DON Héctor , Dª Marcelina , DON Jeronimo , Dª Ofelia , DON Lorenzo , Dª Sagrario , contra la Sentencia Nº 265/2007, de fecha 20 de Diciembre de 2.007, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Madrid en Procedimiento Ordinario Nº 1133/2004 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a las partes recurrentes de las costas causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 119/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
Fallo
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. López-Puigcerver Portillo, en nombre y representación de Dª Rocío , y por la Procuradora Sra. Martíneza Virgili, en nombre y representación de DON Benjamín , Dª Tarsila , DON Celso , Dª Marí Trini , DON Donato , Dª Adriana , DON Ezequias , DON Primitivo , DON Rosendo , Dª Luisa , DON Teofilo , Dª Montserrat , DON Jose Ángel , Dª Rebeca , DON Luis Alberto , Dª Soledad , DON Juan Miguel , Dª Marí Juana , DON Alejandro , Dª Alicia , DON Aurelio , Dª Bárbara , Dª Carolina , DON Cecilio , DON David , Dª Elisenda , DON Erasmo , Dª Fermina , DON Florencio , Dª Isabel , DON Héctor , Dª Marcelina , DON Jeronimo , Dª Ofelia , DON Lorenzo , Dª Sagrario , contra la Sentencia Nº 265/2007, de fecha 20 de Diciembre de 2.007, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Madrid en Procedimiento Ordinario Nº 1133/2004 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a las partes recurrentes de las costas causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 119/2009 , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
