Sentencia Civil Nº 613/20...re de 2009

Última revisión
11/12/2009

Sentencia Civil Nº 613/2009, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 5164/2009 de 11 de Diciembre de 2009

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Tiempo de lectura: 7 min

Orden: Civil

Fecha: 11 de Diciembre de 2009

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME

Nº de sentencia: 613/2009

Resumen:
DESAHUCIO

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA, sede Vigo

SENTENCIA: 00613/2009

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

Modelo: SEN00

N.I.G.: 36038 37 1 2009 0602027

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0005164 /2009

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO

Procedimiento de origen: VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 0001058 /2008

APELANTE: Gracia

Procurador/a: PILAR SANCHEZ ROMERO

Letrado/a: EDUARDO SILVA MARTINEZ

APELADO/A: Agapito , Benito

Procurador/a: , MARTA DIAZ SANCHEZ

Letrado/a: , JOSE MIGUEZ PIÑEIRO

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO y DON JULIO CESAR PICATOSTE BOBILLO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 613/09

En Vigo, a once de diciembre de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 1058/2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 5164/2009, es parte apelante-demandada: Dª. Gracia , representada, por designación de Turno de Oficio, por la Procuradora doña Pilar Sánchez Romero y bajo la dirección del Letrado don Eduardo Silva Martínez; y, apelado-demandante: Benito , representado por la Procuradora doña Marta Díaz Sánchez, y asistido del Letrado don José Míguez Piñeiro, y el codemandado Agapito , declarado en situación procesal de rebeldía y no personado en esta segunda instancia, sobre acción de desahucio por falta de pago y acumulada de reclamación de rentas.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

Primero.- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 10 de Vigo, con fecha 21 de abril de 2009 , se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por D. Benito frente a D. Agapito y Gracia , DEBO DECLARAR Y DECLARO EL DESAHUCIO por falta de pago de la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 , NUM001 de Vigo, CONDENANDO a los demandados a abonar en forma solidaria al actor la cantidad de 3.717,44 euros más los intereses legales, así como al pago de las rentas y gastos que se devenguen hasta el desalojo, CONDENANDO al arrendatario a dejar la vivienda libre y a disposición de la parte demandante bajo apercibimiento de lanzamiento si no procede al desalojo.

Se impone el pago de las costas a los demandados en forma solidaria."

Segundo.- Contra dicha Sentencia, por la Procuradora doña Pilar Sánchez Romero, en nombre y representación de Dña. Gracia , se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, formándose el correspondiente Rollo en el que se acordó requerir a la apelante para que acreditase haber satisfecho las rentas vencidas y por auto de fecha 29 de octubre, confirmado por el de 18 de noviembre , se acordó no haber lugar a la práctica de la prueba solicitada ni a la unión del documento acompañado con el escrito de interposición del recurso; señalándose para la deliberación del presente recurso el día once de los corrientes.

Tercero.- En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

Fundamentos

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA, sede Vigo

SENTENCIA: 00613/2009

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

Modelo: SEN00

N.I.G.: 36038 37 1 2009 0602027

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0005164 /2009

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO

Procedimiento de origen: VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 0001058 /2008

APELANTE: Gracia

Procurador/a: PILAR SANCHEZ ROMERO

Letrado/a: EDUARDO SILVA MARTINEZ

APELADO/A: Agapito , Benito

Procurador/a: , MARTA DIAZ SANCHEZ

Letrado/a: , JOSE MIGUEZ PIÑEIRO

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO y DON JULIO CESAR PICATOSTE BOBILLO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 613/09

En Vigo, a once de diciembre de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 1058/2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 5164/2009, es parte apelante-demandada: Dª. Gracia , representada, por designación de Turno de Oficio, por la Procuradora doña Pilar Sánchez Romero y bajo la dirección del Letrado don Eduardo Silva Martínez; y, apelado-demandante: Benito , representado por la Procuradora doña Marta Díaz Sánchez, y asistido del Letrado don José Míguez Piñeiro, y el codemandado Agapito , declarado en situación procesal de rebeldía y no personado en esta segunda instancia, sobre acción de desahucio por falta de pago y acumulada de reclamación de rentas.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

Primero.- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 10 de Vigo, con fecha 21 de abril de 2009 , se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por D. Benito frente a D. Agapito y Gracia , DEBO DECLARAR Y DECLARO EL DESAHUCIO por falta de pago de la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 , NUM001 de Vigo, CONDENANDO a los demandados a abonar en forma solidaria al actor la cantidad de 3.717,44 euros más los intereses legales, así como al pago de las rentas y gastos que se devenguen hasta el desalojo, CONDENANDO al arrendatario a dejar la vivienda libre y a disposición de la parte demandante bajo apercibimiento de lanzamiento si no procede al desalojo.

Se impone el pago de las costas a los demandados en forma solidaria."

Segundo.- Contra dicha Sentencia, por la Procuradora doña Pilar Sánchez Romero, en nombre y representación de Dña. Gracia , se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, formándose el correspondiente Rollo en el que se acordó requerir a la apelante para que acreditase haber satisfecho las rentas vencidas y por auto de fecha 29 de octubre, confirmado por el de 18 de noviembre , se acordó no haber lugar a la práctica de la prueba solicitada ni a la unión del documento acompañado con el escrito de interposición del recurso; señalándose para la deliberación del presente recurso el día once de los corrientes.

Tercero.- En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

Desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Dª Pilar Sánchez Romero, en nombre y representación de Dª Gracia , contra la sentencia de fecha veintiuno de abril de dos mil nueve, dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de Vigo , confirmamos la misma, con imposición a la parte apelante de las costas procesales del recurso.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Dada y pronunciada fue la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrado/s que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.

Fallo

Desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Dª Pilar Sánchez Romero, en nombre y representación de Dª Gracia , contra la sentencia de fecha veintiuno de abril de dos mil nueve, dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de Vigo , confirmamos la misma, con imposición a la parte apelante de las costas procesales del recurso.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Dada y pronunciada fue la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrado/s que la firman y leída por el/la Ilmo. Magistrado Ponente en el mismo día de su fecha, de lo que yo el/la Secretario certifico.

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