Sentencia Civil Nº 63/2005, Audiencia Provincial de Melilla, Sección 7, Rec 47/2... 16 de Junio de 2005
Sentencia Civil Nº 63/200...io de 2005

Última revisión
16/06/2005

Sentencia Civil Nº 63/2005, Audiencia Provincial de Melilla, Sección 7, Rec 47/2005 de 16 de Junio de 2005

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Orden: Civil

Fecha: 16 de Junio de 2005

Tribunal: AP - Melilla

Ponente: BENITEZ YEBENES, JUAN RAFAEL

Nº de sentencia: 63/2005

Nº de recurso: 47/2005

Núm. Cendoj: 52001370072005100184

Núm. Ecli: ES:APML:2005:195

Núm. Roj: SAP ML 195/2005

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Melilla, sobre Liquidación de Sociedad de Gananciales. Recuerda el Tribunal que sólo se aplica el precepto de no prescripción de la acción de división de cosa común cuando los bienes se poseen y se utilizan en común por todos los copropietarios, por los dos cónyuge en el auto, lo que no ocurre en este caso ya que el bien objeto del juicio ha sido poseído sólo por uno de ellos, como dueño exclusivo y por lo tanto cabe apreciar que el demandado ha adquirido por prescripción adquisitiva dicho bien. Sin embargo en cuanto al plan de ahorro, considera el Tribunal (teniendo en cuenta tanto las pruebas como lo alegado y admitido por las partes), que la cantidad cobrada forma parte de la sociedad de gananciales, ya que ésta se disolvió después del cobro de dicho plan por parte del recurrente y ya que no se puede apreciar de oficio la prescripción de dicha cantidad, sino que la tenía que haber alegado el recurrente por vía de excepción.

Voces

Sociedad de gananciales

Usucapión

Copropietario

Práctica de la prueba

Inventarios

Documentos aportados

Disolución de la sociedad de gananciales

Liquidación sociedad gananciales

Coherederos

División de cosa común

Error en la valoración de la prueba

Disolución de sociedades

Voluntad unilateral

Liquidación de sociedades

Prescripción de la acción

Acción de división de cosa común