Última revisión
13/11/2009
Sentencia Civil Nº 674/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 750/2009 de 13 de Noviembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 13 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: NEIRA VAZQUEZ, CARMEN
Nº de sentencia: 674/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7007640 /2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 750 /2009
Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS 1011 /2008
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 80 de MADRID
De: Juana
Procurador: PEDRO MORENO RODRIGUEZ
Contra: Bernardino
Procurador: ROCIO MARTIN ECHAGUE
SENTENCIA
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez
En Madrid, a trece de noviembre de dos mil nueve.
La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 1011/08 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid, entre partes:
De una, como apelante-demandante Doña Juana , representada por el Procurador Don Pedro Moreno Rodríguez.
De la otra, como apelado-demandado Don Bernardino , representado por la Procuradora Doña Rocío Martín Echagüe.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.
Antecedentes
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 3 de abril de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Pedro Moreno Rodríguez, en nombre y representación de doña Juana contra D. Bernardino debo declarar y declaro no haber lugar a la modificación de las medidas acordadas por las partes en el Convenio Regulador de su Divorcio, firmado por las partes el 15 de enero de 2007 , y aprobado judicialmente en la sentencia de divorcio de 8 de febrero de 2007 .
Con expresa imposición de costas a la parte actora."
TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Doña Juana previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.
CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7007640 /2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 750 /2009
Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS 1011 /2008
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 80 de MADRID
De: Juana
Procurador: PEDRO MORENO RODRIGUEZ
Contra: Bernardino
Procurador: ROCIO MARTIN ECHAGUE
SENTENCIA
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilma. Sra. Doña Carmen Neira Vázquez
En Madrid, a trece de noviembre de dos mil nueve.
La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 1011/08 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid, entre partes:
De una, como apelante-demandante Doña Juana , representada por el Procurador Don Pedro Moreno Rodríguez.
De la otra, como apelado-demandado Don Bernardino , representado por la Procuradora Doña Rocío Martín Echagüe.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Carmen Neira Vázquez.
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 3 de abril de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Pedro Moreno Rodríguez, en nombre y representación de doña Juana contra D. Bernardino debo declarar y declaro no haber lugar a la modificación de las medidas acordadas por las partes en el Convenio Regulador de su Divorcio, firmado por las partes el 15 de enero de 2007 , y aprobado judicialmente en la sentencia de divorcio de 8 de febrero de 2007 .
Con expresa imposición de costas a la parte actora."
TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación legal de Doña Juana previos los trámites oportunos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose los recursos por sus cauces legales y quedando los autos listos para deliberación, votación y fallo.
CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Que desestimando el recurso de apelación formulado por Doña Juana contra la Sentencia dictada en fecha 3 de abril de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid , en autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 1011/08, entre dicha litigante y Don Bernardino , debemos confirmar y confirmamos la resolución impugnada, con expresa imposición de las costas procesales causadas en la presente alzada a la parte apelante.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
E/
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la
sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.
Fallo
Que desestimando el recurso de apelación formulado por Doña Juana contra la Sentencia dictada en fecha 3 de abril de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid , en autos de modificación de medidas definitivas seguidos, bajo el nº 1011/08, entre dicha litigante y Don Bernardino , debemos confirmar y confirmamos la resolución impugnada, con expresa imposición de las costas procesales causadas en la presente alzada a la parte apelante.
Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de la Sala y será notificada a las partes en legal forma, con sujeción a lo prevenido en el artículo 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
E/
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha, fue leída y publicada la
sentencia por la Ilma. Magistrada Ponente Doña Carmen Neira Vázquez; doy fe.
