Última revisión
25/11/2009
Sentencia Civil Nº 677/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 509/2009 de 25 de Noviembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 25 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: FERNANDEZ DEL PRADO, MARIA ISABEL
Nº de sentencia: 677/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7008207/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 509/2009
Autos: JUICIO VERBAL 1806/2008
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 26 DE MADRID
De: Balbino
Procurador: ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
Contra: Eleuterio
Procurador: ANA BELÉN GÓMEZ MURILLO
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN
En Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 509/2009, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 26 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado DON Balbino , representado por el Procurador Sr. Don Antonio García Martínez y defendido por Letrado, y de otra como apelado demandante DON Eleuterio , representado por la Procuradora Sra. Dª Ana Belén Gómez Murillo y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
Antecedentes
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 26 de Madrid, en fecha 16 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por DON Eleuterio , representado por el procurador de los Tribunales, doña ana Belén Gómez Murillo, contra DON Balbino , CONDENO al expresado demandado a satisfacer al actor la cantidad de 2.000 ? (DOS MIL EUROS) más intereses devengados desde la fecha del emplazamiento y pago de las costas procesales causadas en la presente instancia."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7008207/2009
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 509/2009
Autos: JUICIO VERBAL 1806/2008
Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 26 DE MADRID
De: Balbino
Procurador: ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
Contra: Eleuterio
Procurador: ANA BELÉN GÓMEZ MURILLO
Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN
En Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 509/2009, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 26 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado DON Balbino , representado por el Procurador Sr. Don Antonio García Martínez y defendido por Letrado, y de otra como apelado demandante DON Eleuterio , representado por la Procuradora Sra. Dª Ana Belén Gómez Murillo y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Juicio Verbal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 26 de Madrid, en fecha 16 de Marzo de 2.009, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por DON Eleuterio , representado por el procurador de los Tribunales, doña ana Belén Gómez Murillo, contra DON Balbino , CONDENO al expresado demandado a satisfacer al actor la cantidad de 2.000 ? (DOS MIL EUROS) más intereses devengados desde la fecha del emplazamiento y pago de las costas procesales causadas en la presente instancia."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 29 de Septiembre de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de Noviembre de 2.009.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Sr. García Martínez, en representación de DON Balbino , contra la Sentencia dictada en fecha 16 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 26 de Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 1806/2008 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 509/2009 lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
Fallo
La Sala, DESESTIMANDO el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Sr. García Martínez, en representación de DON Balbino , contra la Sentencia dictada en fecha 16 de Marzo de 2.009 por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 26 de Madrid , en Autos de Juicio Verbal Nº 1806/2008 , acuerda CONFIRMAR dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Con expresa imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en esta instancia.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala Nº 509/2009 lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión al rollo.
