Sentencia Civil Nº 678/20...re de 2007

Última revisión
17/12/2007

Sentencia Civil Nº 678/2007, Audiencia Provincial de Malaga, Rec 743/2007 de 17 de Diciembre de 2007

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Orden: Civil

Fecha: 17 de Diciembre de 2007

Tribunal: AP - Malaga

Ponente: DELGADO BAENA, JOAQUIN IGNACIO

Nº de sentencia: 678/2007


Encabezamiento

S E N T E N C I A Nº 678

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

ILUSTRISIMO SR

PRESIDENTE

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº1 DE MARBELLA (ANTIGUO MIXTO Nº2)

ROLLO DE APELACIÓN Nº 743/2007

JUICIO Nº 1201/2004

En la Ciudad de Málaga a diecisiete de diciembre de dos mil siete.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso M & M MANAGEMENT, S.L. que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. GARCIA RECIO GOMEZ, FELICIANO y defendido por el Letrado D. GONZALEZ VICENTE, PABLO ANDRES. Es parte recurrida C.DIRECCION000, NUM000 Y NUM001 FASE que está representado por el Procurador D. AURIOLES RODRIGUEZ, ELENA, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

Antecedentes

PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 13-3-07 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que Estimo integramente la demanda interpuesta por la Sra. Procuradora Dª Salome Lizana de la Casa en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 y NUM001 fase frente a M & MANAGEMENT SL, declarando la ilicitud de la obra realizada por la demandada en el apartamento 634 del edifico Sierra Bermeja numero 4 de la comunidad demandante, condenandole a reestablecer en su primitivo estado la fachada del edifico, con el apercibimiento que de no ejecutarlo el demandante, en su caso ejecutante, podrá pedir que se faculte para encargarlo a un tercero a su costa" Posteriormente se dictó auto aclaratorio de fecha 27-3-07 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la sentencia de 13 de marzo de 2007 , añadiendose en el fallo de la misma "con condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 12-12-07quedando visto para sentencia.

TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

Fundamentos

S E N T E N C I A Nº 678

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

ILUSTRISIMO SR

PRESIDENTE

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº1 DE MARBELLA (ANTIGUO MIXTO Nº2)

ROLLO DE APELACIÓN Nº 743/2007

JUICIO Nº 1201/2004

En la Ciudad de Málaga a diecisiete de diciembre de dos mil siete.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso M & M MANAGEMENT, S.L. que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. GARCIA RECIO GOMEZ, FELICIANO y defendido por el Letrado D. GONZALEZ VICENTE, PABLO ANDRES. Es parte recurrida C.DIRECCION000, NUM000 Y NUM001 FASE que está representado por el Procurador D. AURIOLES RODRIGUEZ, ELENA, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 13-3-07 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que Estimo integramente la demanda interpuesta por la Sra. Procuradora Dª Salome Lizana de la Casa en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 y NUM001 fase frente a M & MANAGEMENT SL, declarando la ilicitud de la obra realizada por la demandada en el apartamento 634 del edifico Sierra Bermeja numero 4 de la comunidad demandante, condenandole a reestablecer en su primitivo estado la fachada del edifico, con el apercibimiento que de no ejecutarlo el demandante, en su caso ejecutante, podrá pedir que se faculte para encargarlo a un tercero a su costa" Posteriormente se dictó auto aclaratorio de fecha 27-3-07 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Se aclara la sentencia de 13 de marzo de 2007 , añadiendose en el fallo de la misma "con condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 12-12-07quedando visto para sentencia.

TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

: Que desestimando el recurso de apelación planteado por la representación procesal de la entidad M.&M. Management S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, con expresa imposición a la parte apelante de las costas procesales originadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente resolución remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra Sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leida y publicada fue la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente que la dictó, estandose celebrando audiencia pública de lo que doy fe.-

Fallo

: Que desestimando el recurso de apelación planteado por la representación procesal de la entidad M.&M. Management S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Marbella, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, con expresa imposición a la parte apelante de las costas procesales originadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente resolución remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra Sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leida y publicada fue la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado Ponente que la dictó, estandose celebrando audiencia pública de lo que doy fe.-

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