Sentencia Civil Nº 79/2000, Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, Rec 63/2000 de 03 de Mayo de 2000
Última revisión
Sentencia Civil Nº 79/2000, Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, Rec 63/2000 de 03 de Mayo de 2000
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 03 de Mayo de 2000
Tribunal: AP - Soria
Ponente: RUIZ RAMO, JOSE
Nº de sentencia: 79/2000
Nº de recurso: 63/2000
Núm. Cendoj: 42173370012000100103
Núm. Ecli: ES:APSO:2000:134
Núm. Roj: SAP SO 134/2000
Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de El Burgo de Osma, sobre acción de petición de herencia. Se determina que el saldo de las cuentas pertenece a la actora pues es un dinero cuya propiedad era de sus causantes, de forma exclusiva y por ello forma parte del caudal relicto de aquellos, sin que ningún derecho sobre el mismo tengan los demandados. Lo mismo se puede decir respecto de las fincas rústicas y urbanas que hubieran pertenecido al matrimonio fallecido, sobre las cuales ningún derecho ostentan los demandados, y ello, sin perjuicio, de que las llaves de los inmuebles estén en poder de terceras personas, y que se deberán devolver a la actora y no a los demandados.
Voces
Declaración de herederos
Caudal relicto
Falta de legitimación pasiva
Caudal hereditario
Herencia
Fincas Rústicas
Acción de petición de herencia
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