Sentencia Civil Nº 79/201...zo de 2010

Última revisión
10/01/2013

Sentencia Civil Nº 79/2010, Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 1, Rec 462/2009 de 11 de Marzo de 2010

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 11 de Marzo de 2010

Tribunal: AP - Valladolid

Ponente: SALINERO, FRANCISCO ROMÁN

Nº de sentencia: 79/2010

Núm. Cendoj: 47186370012010100065

Resumen
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES

Voces

Arrendatario

Cumplimiento de las obligaciones

Encabezamiento

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00079/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000462 /2009

SENTENCIA Nº 79

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

En VALLADOLID, a once de Marzo de dos mil diez.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 658/08 del Juzgado de de Primera Instancia núm. Doce de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelada Dª Salome , mayor de edad y con domicilio en Villanubla (Valladolid) quien actúa por sí y en su propio nombre y derecho, y como demandados apelantes Dª Antonia y D. Pedro Francisco , mayores de edad y vecinos de Villanubla, quienes asimismo actúan por sí y en su propio nombre y derecho; sobre reclamación de cantidad.

Antecedentes

PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO.- Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 10 de Diciembre de 2.008, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por Doña Salome frente a doña Antonia y don Pedro Francisco , DEBO CONDENAR Y CONDENO al meritado demandado a abonar a la actora la suma de 639,82 € más intereses legales desde la interpelación judicial. Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

TERCERO.- Notificada a las partes la referida sentencia, por los demandados se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. magistrado D. FRANCISCO SALINERO ROMAN.

Fundamentos

PRIMERO.- Los recurrentes insisten en que están al tanto del pago de todas las mensualidades de renta pero es lo cierto que del mes a cuyo pago han sido condenados no existe prueba suficiente en las actuaciones para considerarlo justificado. La propia parte recurrente ha afirmado que se entregó en mano sin recibo justificativo. La actora niega haberlo recibido y como hecho extintivo que es la prueba de su realidad les corresponde a los demandados que no lo han demostrado de modo indubitado como si lo han hecho con otras mensualidades.

Respecto a la parte de los gastos de luz y gas posteriores a su salida de la vivienda de los que argumentan que no les corresponde abonarlos en su totalidad también hemos de desestimar su queja pues no acreditan cuales exactamente se corresponden con el periodo de su efectiva ocupación y uso pues es obvio que una vivienda habitada genera mas gastos de consumo de los citados suministros que en las fechas de su desocupación.

Otro tanto debemos razonar de los gastos de luz y gas al parecer de un periodo anterior a su entrada en la vivienda y que pudieran corresponder a anteriores inquilinos que aparecen cargados en su cuenta por importe de 151,72 euros los gastos de gas y por importe de 31,95 los de luz. Los recibos justificativos no aparecen incorporados a las actuaciones por lo que no es posible examinar los periodos a que se refieren que señalan los recurrentes. Además los pagos aparecen aceptados por los propios recurrentes que pudieron oponerse mediante la devolución de tales recibos si su pago no les correspondía.

SEGUNDO.-Al rechazarse las pretensiones de impugnación de los apelantes les imponemos las costas de esta alzada por disponerlo así el Art. 398.1 de la L. E. Civil .

Fallo

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto a nombre de Doña Antonia y de Don Pedro Francisco contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia núm. 12 de Valladolid en fecha 10 de diciembre de 2.008, en los autos a que se refiere este rollo, debemos confirmar y confirmamos la aludida resolución e imponemos a los apelantes las costas de este recurso.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Seguidamente ha sido leída y publicada la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que se indica en la misma, estando constituida en audiencia pública esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, lo que como Secretario certifico.

Sentencia Civil Nº 79/2010, Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 1, Rec 462/2009 de 11 de Marzo de 2010

Ver el documento "Sentencia Civil Nº 79/2010, Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 1, Rec 462/2009 de 11 de Marzo de 2010"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Ley de arrendamientos urbanos y legislación complementaria
Disponible

Ley de arrendamientos urbanos y legislación complementaria

Editorial Colex, S.L.

8.50€

7.65€

+ Información

Cumplimiento y extinción de obligaciones en el Código Civil
Disponible

Cumplimiento y extinción de obligaciones en el Código Civil

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Comentarios a la Ley de arrendamientos urbanos
Disponible

Comentarios a la Ley de arrendamientos urbanos

Daniel Loscertales Fuertes

21.25€

20.19€

+ Información

Subastas judiciales. Paso a paso
Disponible

Subastas judiciales. Paso a paso

María de las Mercedes Martín López

17.00€

16.15€

+ Información

Instalación de ascensores. Paso a paso
Novedad

Instalación de ascensores. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

15.30€

14.54€

+ Información