Sentencia Civil Nº 80/200...ro de 2008

Última revisión
07/02/2008

Sentencia Civil Nº 80/2008, Audiencia Provincial de Valencia, Rec 1155/2007 de 07 de Febrero de 2008

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Civil

Fecha: 07 de Febrero de 2008

Tribunal: AP - Valencia

Ponente: ESPARZA OLCINA, CARLOS

Nº de sentencia: 80/2008


Encabezamiento

Rollo nº : 1155/07

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 80/08

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, siete de Febrero de dos mil ocho.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Modificación de Medidas nº 1187/06, seguidos ante el Juzgado de Valencia 8, entre partes, de una como demandante, Gaspar , representado por el Procurador Sra. Canet Castella y de otra como demandado Carla , representada por el Procurador Sra. Vilas Loredo. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Esparza Olcina.

Antecedentes

PRIMERO.- En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Valencia 8, en fecha 24-9-07 , se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas instada por D. Gaspar , representado por la Procurador Elvira Vilas Loredo, contra Carla , representada por la procurador Sra. Estrella Vilas Loredo, y fijadas en autos principales de separación nº 687/97, y seguidos en este Juzgado, debo acordar la supresión de la pensión compenstaria fijada a favor de la esposa y la pensión alimenticia referida a la hija mayor Sonia , desestimando la petición de extinción de la pensión de alimentos referida al hijo mayor Pedro Miguel . Todo ello sin que proceda hacer una expresa imposición de las costas procesales del presente procedimiento a ninguno de los litigantes.

SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia por la representación procesal de Gaspar se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaria donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 7-2-08 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado ninguna diligencia de prueba.

TERCERO.- Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

Fundamentos

Rollo nº : 1155/07

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 80/08

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, siete de Febrero de dos mil ocho.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Modificación de Medidas nº 1187/06, seguidos ante el Juzgado de Valencia 8, entre partes, de una como demandante, Gaspar , representado por el Procurador Sra. Canet Castella y de otra como demandado Carla , representada por el Procurador Sra. Vilas Loredo. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Esparza Olcina.

PRIMERO.- En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Valencia 8, en fecha 24-9-07 , se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas instada por D. Gaspar , representado por la Procurador Elvira Vilas Loredo, contra Carla , representada por la procurador Sra. Estrella Vilas Loredo, y fijadas en autos principales de separación nº 687/97, y seguidos en este Juzgado, debo acordar la supresión de la pensión compenstaria fijada a favor de la esposa y la pensión alimenticia referida a la hija mayor Sonia , desestimando la petición de extinción de la pensión de alimentos referida al hijo mayor Pedro Miguel . Todo ello sin que proceda hacer una expresa imposición de las costas procesales del presente procedimiento a ninguno de los litigantes.

SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia por la representación procesal de Gaspar se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaria donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 7-2-08 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado ninguna diligencia de prueba.

TERCERO.- Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

En atención a todo lo expuesto, la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia, en nombre de Su Majestad el Rey

Ha decidido:

Primero.- Estimar el recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 8 de Valencia el día 24 de septiembre de 2.007.

Segundo.- Confirmar la citada sentencia.

Tercero.- No hacer expresa imposición de las costas de la alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Que la anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dicto, estando celebrando Audiencia Pública la Sección Décima de la Audiencia Provincial en el día de la fecha. Doy fe.

Fallo

En atención a todo lo expuesto, la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia, en nombre de Su Majestad el Rey

Ha decidido:

Primero.- Estimar el recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 8 de Valencia el día 24 de septiembre de 2.007.

Segundo.- Confirmar la citada sentencia.

Tercero.- No hacer expresa imposición de las costas de la alzada.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Que la anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado que la dicto, estando celebrando Audiencia Pública la Sección Décima de la Audiencia Provincial en el día de la fecha. Doy fe.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.