Sentencia Civil Nº 805/20...ro de 2006

Última revisión
12/01/2006

Sentencia Civil Nº 805/2006, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 12, Rec 723/2005 de 12 de Enero de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Enero de 2006

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: PEREZ TORMO, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 805/2006

Núm. Cendoj: 08019370122006100038

Resumen:
La Audiencia Provincial de Barcelona, en virtud del escrito de aclaración de sentencia, procede a rectificar el error de la sentencia dictada, incluyendo en el importe de la indemnización el concepto de alquiler de la furgoneta.

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

Sección 12ª

ROLLO nº 723/2005 - B

A U T O

Ilmos./as. Sres./as.

DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

DON PAULINO RICO RAJO

DOÑA M. JOSÉ PÉREZ TORMO

En Barcelona, a doce de enero de dos mil seis.

Antecedentes

Primero.- En el presente rollo, formado para sustanciar apelación interpuesta por la parte DEMANDADA (siendo la parte actora IMPUGNANTE), en autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 511/2004, seguidos ante el JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 VIC , a instancia de ASSOCIACIÓ TEATRAL CORCIA, representado por el /a Procurador/a D/Dª FERNANDO BERTRAN SANTAMARIA contra J. GÜELL, SA, representado por el/a Procurador/a D/Dª CARLOS PONS DE GIRONELLA , se dictó con fecha 22 diciembre 2005 sentencia núm. 805/05 por esta Sala , resolutorio/a de la alzada, que fué notificado/a a las partes.

Segundo.- Por la representación de la parte impugnante se ha presentado escrito solicitando aclaración de dicha sentencia, en base a las manifestaciones que consideraba oportunas.

HA SIDO Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. D/Dª M. JOSÉ PÉREZ TORMO.

Fundamentos

ÚNICO.- Procede rectificar el error de la sentencia dictada en fecha pues tal como se indicaba en su Fundamento de Derecho cuarto debe incluirse en el importe de la indemnización el concepto de alquiler de una furgoneta de importe 1.067,05.- Euros, por lo que el importe total de la indemnización objeto de la condena debe ser 3.913.- Euros

Fallo

SE RECTIFICA el error de la sentencia nº 805/05, dictada en fecha veintidós de diciembre de dos mil cinco , en el sentido de dejar fijado definitivamente el importe de la indemnización en la cifra de tres mil novecientos trece Euros (3.913.- Euros), en lugar de la cifra indicada de dos mil ochocientos cuarenta y cinco con noventa y cinco.- Euros (2.845,95 Euros).

Así por este nuestro auto, lo mandamos y firmamos; doy fe.

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