Última revisión
30/12/2009
Sentencia Civil Nº 836/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 742/2007 de 30 de Diciembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 30 de Diciembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: AGULLO BERENGUER, ROSA MARIA
Nº de sentencia: 836/2009
Encabezamiento
Barcelona, treinta de diciembre de dos mil nueve
Audiencia Provincial de Barcelona. Sección Decimocuarta
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez
Mª Carmen Vidal Martínez
Rosa Mª Agulló Berenguer (Ponente)
Rollo n.: 742/2007
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 7 de los de Vilanova i la Geltrú
Objeto del juicio: impugnación de la tasación de costas practicada en la Sala
Motivo del recurso: indebida inclusión de los derechos del Procurador de primera instancia
Apelantes: Juan , Juliana , Sixto , María Luisa
Abogado: J. Amat Bigorda
Procuradora: M. J. Blanchar García
Apelada: Cisco Mar Construccions S.L.
Abogado: M. Cárdenas Salamanca
Procurador: A. Font Escofet
Antecedentes
1.- RESUMEN DEL ROLLO
La sentencia dictada por esta Sala en fecha 26 de junio de 2008 desestimó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, y declaró "Imponemos las costas de la apelación a la parte apelante".
La demandada Cisco Mar Construccions, S.L. presentó escrito en fecha 19 de noviembre de 2008, en el que solicitó la tasación de costas.
La Secretaria practicó la tasación en fecha 22 de septiembre de 2009 y conferido traslado a la parte actora la impugnó mediante escrito de fecha 19 de octubre de 2009, por un lado, por excesivas en cuanto a los honorarios tasados en favor del Letrado de la parte apelada y, por otro lado, por indebidas por lo que se refiere a las costas fijadas en favor del Procurador don Alberto López Jurado de conformidad con las alegaciones expuestas en dicho escrito.
La impugnada se opone mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2009.
La deliberación de la Sala fue señalada para el día 10 de diciembre de 2009 .
Fundamentos
Barcelona, treinta de diciembre de dos mil nueve
Audiencia Provincial de Barcelona. Sección Decimocuarta
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez
Mª Carmen Vidal Martínez
Rosa Mª Agulló Berenguer (Ponente)
Rollo n.: 742/2007
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 7 de los de Vilanova i la Geltrú
Objeto del juicio: impugnación de la tasación de costas practicada en la Sala
Motivo del recurso: indebida inclusión de los derechos del Procurador de primera instancia
Apelantes: Juan , Juliana , Sixto , María Luisa
Abogado: J. Amat Bigorda
Procuradora: M. J. Blanchar García
Apelada: Cisco Mar Construccions S.L.
Abogado: M. Cárdenas Salamanca
Procurador: A. Font Escofet
1.- RESUMEN DEL ROLLO
La sentencia dictada por esta Sala en fecha 26 de junio de 2008 desestimó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, y declaró "Imponemos las costas de la apelación a la parte apelante".
La demandada Cisco Mar Construccions, S.L. presentó escrito en fecha 19 de noviembre de 2008, en el que solicitó la tasación de costas.
La Secretaria practicó la tasación en fecha 22 de septiembre de 2009 y conferido traslado a la parte actora la impugnó mediante escrito de fecha 19 de octubre de 2009, por un lado, por excesivas en cuanto a los honorarios tasados en favor del Letrado de la parte apelada y, por otro lado, por indebidas por lo que se refiere a las costas fijadas en favor del Procurador don Alberto López Jurado de conformidad con las alegaciones expuestas en dicho escrito.
La impugnada se opone mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2009.
La deliberación de la Sala fue señalada para el día 10 de diciembre de 2009 .
Desestimamos la impugnación de la Tasación de costas por indebidas formulada por la Procuradora Doña Mª. José Blanchar García en nombre y representación de Juan , Juliana , Sixto y de María Luisa , con imposición de costas.
Remítase el Rollo al Colegio de Abogados para que emita el preceptivo informe en cuanto a la minuta del letrado que ha sido impugnada por excesivas.
Así lo pronunciamos y firmamos
PUBLICACION.- En este día y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.
Fallo
Desestimamos la impugnación de la Tasación de costas por indebidas formulada por la Procuradora Doña Mª. José Blanchar García en nombre y representación de Juan , Juliana , Sixto y de María Luisa , con imposición de costas.
Remítase el Rollo al Colegio de Abogados para que emita el preceptivo informe en cuanto a la minuta del letrado que ha sido impugnada por excesivas.
Así lo pronunciamos y firmamos
PUBLICACION.- En este día y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.
