Última revisión
15/12/2009
Sentencia Civil Nº 859/2009, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 398/2009 de 15 de Diciembre de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 15 de Diciembre de 2009
Tribunal: AP - Barcelona
Ponente: BAYO DELGADO, JOAQUIN
Nº de sentencia: 859/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DOCE
ROLLO Nº 398/2009-B
MODIFICACION MEDIDAS Nº 414/2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 15 DE BARCELONA
Ilmos. Sres.
D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
D. AGUSTIN VIGO MORANCHO
D. JOAQUIN BAYO DELGADO
En la ciudad de Barcelona, a quince de diciembre de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación Medidas nº 414/2008, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Barcelona, a instancia de D. Aureliano representado por el Procurador Sr. Simo Pascual y dirigido por la Letrada Sra. Gimenez Garrido, contra Dª. Esperanza representada por la Procuradora Sra. Muñoz Vences y dirigida por la Letrada Sra. Felices Esteban; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 7 de enero de 2009, por la Juez del expresado Juzgado, habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.
Antecedentes
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Ricard Simó Pascual en nombre y representación de D. Aureliano contra Dª. Esperanza , Acuerdo: PRIMERA.- Atribución de la guarda y custodia del hijo menor a D. Aureliano , siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores. SEGUNDA.- Régimen de Visitas, en primer lugar un amplio y flexible régimen de visitas a favor de la madre sobre el hijo menoro que podrá establecerse de acuerdo entre ambos progenitores y a falta de acuerdo el siguiente: Mitad de las vacaciones escolares (Navidad, Semana Santa y verano). La madre elegirá los años pares y el padre los impares. TERCERA.- Oficio a los Cuerpos de Seguridad del Estado y Autonómicos y Policia de Fronteras poniendo en su conocimiento la prohibición de salida del menor del territorio del Estado Español, sin autorización paterna y en su defecto autorización judicial. Sin expresa condena en costas."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 17 de noviembre de 2009.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN BAYO DELGADO.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DOCE
ROLLO Nº 398/2009-B
MODIFICACION MEDIDAS Nº 414/2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 15 DE BARCELONA
Ilmos. Sres.
D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
D. AGUSTIN VIGO MORANCHO
D. JOAQUIN BAYO DELGADO
En la ciudad de Barcelona, a quince de diciembre de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Doce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación Medidas nº 414/2008, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Barcelona, a instancia de D. Aureliano representado por el Procurador Sr. Simo Pascual y dirigido por la Letrada Sra. Gimenez Garrido, contra Dª. Esperanza representada por la Procuradora Sra. Muñoz Vences y dirigida por la Letrada Sra. Felices Esteban; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 7 de enero de 2009, por la Juez del expresado Juzgado, habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Ricard Simó Pascual en nombre y representación de D. Aureliano contra Dª. Esperanza , Acuerdo: PRIMERA.- Atribución de la guarda y custodia del hijo menor a D. Aureliano , siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores. SEGUNDA.- Régimen de Visitas, en primer lugar un amplio y flexible régimen de visitas a favor de la madre sobre el hijo menoro que podrá establecerse de acuerdo entre ambos progenitores y a falta de acuerdo el siguiente: Mitad de las vacaciones escolares (Navidad, Semana Santa y verano). La madre elegirá los años pares y el padre los impares. TERCERA.- Oficio a los Cuerpos de Seguridad del Estado y Autonómicos y Policia de Fronteras poniendo en su conocimiento la prohibición de salida del menor del territorio del Estado Español, sin autorización paterna y en su defecto autorización judicial. Sin expresa condena en costas."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 17 de noviembre de 2009.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN BAYO DELGADO.
Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por Doña Esperanza -parte demandada-, contra la Sentencia de fecha 7 de enero de 2009 del Juzgado de 1ª Instancia nº QUINCE de BARCELONA , sobre modificación de medidas de divorcio, en el que ha sido parte apelada Don Aureliano , debemos confirmar y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, sin especial declaración sobre las costas de la alzada. No obstante, COMPLETAMOS la sentencia en el sentido de declarar que, en ejecución de esta sentencia, los legitimados podrán solicitar, y el juzgado fijar, la pensión alimenticia pertinente a cargo de la madre, tomando como bases de su fijación las necesidades del menor y la respectiva capacidad económica de los progenitores.
Una vez que alcance firmeza esta sentencia, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con testimonio de la misma, para su cumplimiento.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.
Fallo
Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por Doña Esperanza -parte demandada-, contra la Sentencia de fecha 7 de enero de 2009 del Juzgado de 1ª Instancia nº QUINCE de BARCELONA , sobre modificación de medidas de divorcio, en el que ha sido parte apelada Don Aureliano , debemos confirmar y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, sin especial declaración sobre las costas de la alzada. No obstante, COMPLETAMOS la sentencia en el sentido de declarar que, en ejecución de esta sentencia, los legitimados podrán solicitar, y el juzgado fijar, la pensión alimenticia pertinente a cargo de la madre, tomando como bases de su fijación las necesidades del menor y la respectiva capacidad económica de los progenitores.
Una vez que alcance firmeza esta sentencia, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, con testimonio de la misma, para su cumplimiento.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En este día, y una vez firmada por todos los Magistrados que la han dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.
