Sentencia Civil Nº 9/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección 1, Rec 22/2011 de 11 de Abril de 2012
- Orden: Civil
- Fecha: 11 de Abril de 2012
- Tribunal:
TSJ Madrid - Ponente: Suarez Robledano, Jose Manuel
- Núm. Sentencia: 9/2012
- Núm. Recurso: 22/2011
- Núm. Cendoj: 28079310012012100008
- Núm. Ecli: ES:TSJM:2012:1734
- Núm. Roj: STSJ M 1734/2012
DEMANDA DE NULIDAD DE LAUDO ARBITRAL.- Cumplimiento de todas las exigencias formales sobre plazos para dictar el laudo, comunicación con el demandante, y notificación del laudo.- Ausencia de indefensión.-
Se
Ni de indefensión, ni de falta de comunicación, ni de exceso en el plazo para dictarse el Laudo puede hablarse en el caso, habiéndose cumplido las exigencias al respecto contenidas en los arts. 5 y 37.2 y 7 de la Ley de Arbitraje, así como en el artículo 24 de la Constitución, éste último en lo tocante al derecho fundamental a la interdicción de la indefensión.
Reconocida la notificación del Laudo pronunciado por el propio demandante, que, además, no opuso óbice alguno al procedimiento arbitral en el expediente sustanciado al efecto, pese a haber tenido cumplido y exacto conocimiento de las pretensiones de la empresa demandante, se está en el caso de rechazar el motivo, al haberse cumplido fiel y exactamente los requisitos temporales para dictar el Laudo, y ser comunicado al demandante condenado al pago de la cantidad reclamada en la demanda de arbitraje.
Ver el documento
" Sentencia Civil Nº 9/2012, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sección 1, Rec 22/2011 de 11 de Abril de 2012
"
¡Es gratis!
- Accede a más de 4.000.000 documentos
- Localiza la información que necesitas