Sentencia Civil Nº 99/200...il de 2003

Última revisión
04/04/2003

Sentencia Civil Nº 99/2003, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 2, Rec 93/2003 de 04 de Abril de 2003

Tiempo de lectura: 7 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 04 de Abril de 2003

Tribunal: AP - Almeria

Ponente: GALVEZ ACOSTA, BENITO

Nº de sentencia: 99/2003

Núm. Cendoj: 04013370022003100146

Núm. Ecli: ES:APAL:2003:529

Resumen
Dado que las circunstancias, por razón de enfermedad, sobrevenidas a la fijación temporal de la pensión, alteran el "estado de cosas" con arreglo al que se estableció una determinada limitación temporal, debe adecuarse tal alteración en su proyección temporal, de tal manera que sea posible atender a la adaptación a su nuevo estado, cual era la voluntad de las partes; estimándose proporcional y ajustado a la nueva realidad sobrevenida, efectuar una ampliación temporal por cinco años.

Voces

Reconvención

Pensión compensatoria

Procesos matrimoniales

Demanda de divorcio

Modificación pensión compensatoria

Procesal Civil

Indefensión

Cuestiones de forma

Voluntad de las partes

Capacidad económica

Encabezamiento

SENTENCIA NUM. 99

================================

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. DON BENITO GALVEZ ACOSTA

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

================…

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