Sentencia Civil Tribunal ...re de 2006

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31/10/2006

Sentencia Civil Tribunal Supremo, Rec 110/2003 de 31 de Octubre de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 31 de Octubre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: AUGER LIÑAN, CLEMENTE

Resumen:
Materia: Recurso extraordinario por infracción procesal y de casación por interés casacional contra Sentencia recaída en juicio de interdicto de retener posesión tramitado en atención a la materia. Inadmisión del recurso de casación por preparación e interposición defectuosa al plantear a través del mismo cuestiones que exceden de su ámbito por ser propias del extraordinario por infracción procesal (Arts. 483.2.1º, inciso segundo y 483.2.2º, en relación ambos con el 477.1 y 479.4 , todos ellos de la LEC 2000. La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal (art. 473.2.1º, en relación con la Disposición final 16ª, apartado 1 y regla 5ª, párrafo segundo, de la LEC 2000)

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil seis.

Antecedentes

1.- La representación procesal de D. Pedro Miguel presentó el día 24 de diciembre de 2002, escrito de interposición de recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.

2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 2 de enero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 7 de enero de 2003.

3.- La parte recurrente y recurrida no han comparecido ante esta Sala.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil seis.

1.- La representación procesal de D. Pedro Miguel presentó el día 24 de diciembre de 2002, escrito de interposición de recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.

2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 2 de enero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 7 de enero de 2003.

3.- La parte recurrente y recurrida no han comparecido ante esta Sala.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán

1º) NO ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel, contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.

3º) NO PROCEDE REALIZAR especial pronunciamiento en costas.

4º) Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, y ante la incomparecencia de las partes recurrente y recurrida, notifíquese la presente resolución a las mismas a través del procurador que ostente su representación en el rollo de apelación.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.

Fallo

1º) NO ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel, contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.

3º) NO PROCEDE REALIZAR especial pronunciamiento en costas.

4º) Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, y ante la incomparecencia de las partes recurrente y recurrida, notifíquese la presente resolución a las mismas a través del procurador que ostente su representación en el rollo de apelación.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.

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