Última revisión
31/10/2006
Sentencia Civil Tribunal Supremo, Rec 110/2003 de 31 de Octubre de 2006
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Civil
Fecha: 31 de Octubre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: AUGER LIÑAN, CLEMENTE
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil seis.
Antecedentes
1.- La representación procesal de D. Pedro Miguel presentó el día 24 de diciembre de 2002, escrito de interposición de recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.
2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 2 de enero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 7 de enero de 2003.
3.- La parte recurrente y recurrida no han comparecido ante esta Sala.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil seis.
1.- La representación procesal de D. Pedro Miguel presentó el día 24 de diciembre de 2002, escrito de interposición de recurso extraordinario de infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.
2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 2 de enero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 7 de enero de 2003.
3.- La parte recurrente y recurrida no han comparecido ante esta Sala.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán
1º) NO ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel, contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.
2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.
3º) NO PROCEDE REALIZAR especial pronunciamiento en costas.
4º) Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, y ante la incomparecencia de las partes recurrente y recurrida, notifíquese la presente resolución a las mismas a través del procurador que ostente su representación en el rollo de apelación.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.
Fallo
1º) NO ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel, contra la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2002, por la audiencia Provincial de Alicante (sección Quinta), en el rollo de apelación nº 654-A/2002, dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 890/2001 del juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alicante.
2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.
3º) NO PROCEDE REALIZAR especial pronunciamiento en costas.
4º) Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, y ante la incomparecencia de las partes recurrente y recurrida, notifíquese la presente resolución a las mismas a través del procurador que ostente su representación en el rollo de apelación.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.
