Sentencia Civil Tribunal ...re de 2006

Última revisión
12/12/2006

Sentencia Civil Tribunal Supremo, Rec 262/2003 de 12 de Diciembre de 2006

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Civil

Fecha: 12 de Diciembre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: AUGER LIÑAN, CLEMENTE

Resumen:
Recurso de casación al amparo del ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 contra Sentencia recaída en juicio de menor cuantía tramitado en atención a su cuantía.- Inadmisión del recurso por interposición defectuosa por falta de técnica casacional (art. 483.2.2º de la LEC 2000, en relación con los arts. 481.1 y 477.1 de la LEC 2000).

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil seis.

Antecedentes

1.- Por la audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), se dictó sentencia de fecha 30 de octubre de 2002, en el rollo 137/2001, dimanante de los autos de menor cuantía número 448/99 del juzgado de Primera Instancia nº 12 de Madrid, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de "INPOUSA, S.A.", contra la Sentencia de fecha 30 de octubre de 2002.

2.- Mediante escrito presentado con fecha 4 de diciembre de 2002 se instó la preparación de recurso de casación por la representación procesal señalada , dictándose providencia de fecha 16 de diciembre de 2002, por la que se tuvo por preparado el recurso.

3.- Por medio de escrito presentado con fecha 20 de enero de 2003 la parte recurrente interpuso recurso de casación, dictándose diligencia de ordenación de fecha 20 de enero de 2003 teniendo por interpuesto el citado recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada esa resolución a los Procuradores de las partes.

4.- Con fecha de 28 de enero de 2003, la Procuradora Dª. Magdalena Ruiz de Luna González en nombre y representación de D. Everardo, Dª. Amanda, Dª. Inés y Dª. Marí Luz, presentó escrito personándose ante esta sala en concepto de parte recurrida. Con fecha 30 de enero de 2003 , el Procurador D. José Luis Ferrer Recuero, en nombre y representación de Inpousa, S.A. presentó escrito personándose ante esta Sala en concepto de recurrente.

5.- Por Providencia de fecha 10 de octubre de 2006, se puso de manifiesto a las partes personadas las causas de inadmisión del recurso. Con fecha de 26 de octubre de 2006 , la representación procesal de INPOUSA, S.A., presentó escrito solicitando la admisión a trámite del recurso de casación presentado. Con fecha de 6 de noviembre de 2006, por la representación procesal de D. Everardo, Dª. Amanda, Dª. Inés y Dª. Marí Luz, se presentó escrito solicitando la inadmisión del recurso con imposición de costas a la parte recurrente.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil seis.

1.- Por la audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), se dictó sentencia de fecha 30 de octubre de 2002, en el rollo 137/2001, dimanante de los autos de menor cuantía número 448/99 del juzgado de Primera Instancia nº 12 de Madrid, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de "INPOUSA, S.A.", contra la Sentencia de fecha 30 de octubre de 2002.

2.- Mediante escrito presentado con fecha 4 de diciembre de 2002 se instó la preparación de recurso de casación por la representación procesal señalada , dictándose providencia de fecha 16 de diciembre de 2002, por la que se tuvo por preparado el recurso.

3.- Por medio de escrito presentado con fecha 20 de enero de 2003 la parte recurrente interpuso recurso de casación, dictándose diligencia de ordenación de fecha 20 de enero de 2003 teniendo por interpuesto el citado recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada esa resolución a los Procuradores de las partes.

4.- Con fecha de 28 de enero de 2003, la Procuradora Dª. Magdalena Ruiz de Luna González en nombre y representación de D. Everardo, Dª. Amanda, Dª. Inés y Dª. Marí Luz, presentó escrito personándose ante esta sala en concepto de parte recurrida. Con fecha 30 de enero de 2003 , el Procurador D. José Luis Ferrer Recuero, en nombre y representación de Inpousa, S.A. presentó escrito personándose ante esta Sala en concepto de recurrente.

5.- Por Providencia de fecha 10 de octubre de 2006, se puso de manifiesto a las partes personadas las causas de inadmisión del recurso. Con fecha de 26 de octubre de 2006 , la representación procesal de INPOUSA, S.A., presentó escrito solicitando la admisión a trámite del recurso de casación presentado. Con fecha de 6 de noviembre de 2006, por la representación procesal de D. Everardo, Dª. Amanda, Dª. Inés y Dª. Marí Luz, se presentó escrito solicitando la inadmisión del recurso con imposición de costas a la parte recurrente.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Clemente Auger Liñán

1º) NO ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "Inpouso S.A." , contra la sentencia de fecha 30 de octubre de 2002, dictada por la audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), en el rollo de apelación nº 137/01, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 448/99 del juzgado de Primera Instancia nº 12 de Madrid.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia

3º) Imponer las COSTAS a la parte recurrente.

4º) Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, llevándose a cabo la notificación de la presente Resolución por este Tribunal a las partes recurrentes y recurrida comparecidas ante esta Sala.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.

Fallo

1º) NO ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "Inpouso S.A." , contra la sentencia de fecha 30 de octubre de 2002, dictada por la audiencia Provincial de Madrid (sección 18ª), en el rollo de apelación nº 137/01, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 448/99 del juzgado de Primera Instancia nº 12 de Madrid.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia

3º) Imponer las COSTAS a la parte recurrente.

4º) Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, llevándose a cabo la notificación de la presente Resolución por este Tribunal a las partes recurrentes y recurrida comparecidas ante esta Sala.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario , certifico.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.