Sentencia Civil Tribunal ...re de 2006

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12/12/2006

Sentencia Civil Tribunal Supremo, Rec 387/2003 de 12 de Diciembre de 2006

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Orden: Civil

Fecha: 12 de Diciembre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: XIOL RIOS, JUAN ANTONIO

Resumen:
Recurso de casación al amparo de los ordinales 2º y 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 contra Sentencia recaída en juicio de menor cuantía tramitado en atención a su cuantía.- Inadmisión por interposición defectuosa: defectuosa o deficiente técnica casacional: la infracción denunciada no afecta a la ratio decidendi de la sentencia (art. 483.2.2º de la LEC 2000, en relación con los arts. 481.1 y 477.1 de la LEC 2000).

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil seis.

Antecedentes

1.- La representación procesal de "ZURICH, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", presentó el día 3 de febrero de 2003 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada , con fecha 7 de octubre de 2002, por la audiencia Provincial de Pamplona (sección nº 3), en el rollo de apelación nº 13/2002, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 273/2000 del juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona.

2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 4 de febrero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 5 de febrero de 2003.

3.- El Procurador D. Federico Olivares Santiago, en nombre y representación de "ZURICH , COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", presento escrito ante esta Sala el día 23 de abril de 2004, personándose en concepto de parte recurrente. La Procuradora Dª Esther Rodríguez Pérez, en nombre y representación de D. Víctor, presentó escrito ante esta Sala el día 18 de febrero de 2003, personándose en concepto de parte recurrida.

4.- Por Providencia de fecha 24 de octubre de 2006 se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso, a las partes personadas , las cuales no han formulado alegaciones.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Juan Antonio Xiol Ríos a los sólos efectos de este trámite.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil seis.

1.- La representación procesal de "ZURICH, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", presentó el día 3 de febrero de 2003 escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada , con fecha 7 de octubre de 2002, por la audiencia Provincial de Pamplona (sección nº 3), en el rollo de apelación nº 13/2002, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 273/2000 del juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona.

2.- Mediante Diligencia de Ordenación de 4 de febrero de 2003 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes el día 5 de febrero de 2003.

3.- El Procurador D. Federico Olivares Santiago, en nombre y representación de "ZURICH , COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", presento escrito ante esta Sala el día 23 de abril de 2004, personándose en concepto de parte recurrente. La Procuradora Dª Esther Rodríguez Pérez, en nombre y representación de D. Víctor, presentó escrito ante esta Sala el día 18 de febrero de 2003, personándose en concepto de parte recurrida.

4.- Por Providencia de fecha 24 de octubre de 2006 se pusieron de manifiesto las posibles causas de inadmisión del recurso, a las partes personadas , las cuales no han formulado alegaciones.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Juan Antonio Xiol Ríos a los sólos efectos de este trámite.

1º) NO ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "ZURICH, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A." , contra la sentencia dictada , con fecha 7 de octubre de 2002, por la audiencia Provincial de Pamplona (sección nº 3), en el rollo de apelación nº 609/2001, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 273/2000 del juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.

3º)Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, llevándose a cabo por este Tribunal la notificación de la presente Resolución únicamente a las partes recurrente y recurrida comparecidas ante esta Sala.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

Fallo

1º) NO ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "ZURICH, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A." , contra la sentencia dictada , con fecha 7 de octubre de 2002, por la audiencia Provincial de Pamplona (sección nº 3), en el rollo de apelación nº 609/2001, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía nº 273/2000 del juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona.

2º) DECLARAR FIRME dicha Sentencia.

3º)Y remitir las actuaciones, junto con testimonio de esta resolución al órgano de procedencia, llevándose a cabo por este Tribunal la notificación de la presente Resolución únicamente a las partes recurrente y recurrida comparecidas ante esta Sala.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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