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Sentencia Civil Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, de 05 de Noviembre de 1979
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Legislación
Orden: Civil
Fecha: 05 de Noviembre de 1979
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: CASTRO GARCIA, JAIME
Núm. Cendoj: 28079110011979100223
Núm. Ecli: ES:TS:1979:4638
Resumen
RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UNA FINCA, POR IMPAGO DE PARTE DEL PRECIO.- Voluntad incumplidora de los recurrentes, que justifica la acción resolutoria ejercitada, ante el palmario incumplimiento de esa obligación de pago.-Se declara no haber lugar al recurso de casación por infracción de ley interpuesto contra sentencia estimatoria de la Sala Segunda de lo Civil de la Audiencia Territorial de Barcelona, sobre solicitud de resolución de contrato de compraventa de una finca, por falta de pago de parte del precio convenido.La Sala declara que se alega que en el impago del precio de la finca vendida, incumplimiento en el que se basa la acción resolutoria del contrato de compraventa en definitiva acogida por la sentencia de la Sala, no aparece demostrada con la indispensable evidencia la voluntad deliberadamente rebelde al cumplimiento que la doctrina legal exige para dar paso a la resolución del negocio; pero la denunciada infracción no puede prosperar, pues la reprochabilidad al deudor y el propio incumplimiento habrán de tenerse por acreditados en el caso, en razón del hecho mismo de haber desatendido la obligación de satisfacer el precio en el tiempo fijado en el contrato, en tanto no pruebe el incumplidor su fundado propósito de hacerlo efectivo, que mal podrá tener realidad cuando ni siquiera se intentó hacer el pago después del requerimiento solemne, lo que autoriza manifiestamente la procedencia del derecho potestativo actuado por el vendedor para resolver el contrato como garantía convenida de tal aplazamiento, según así lo ha entendido acertadamente el Tribunal "a quo" declarando que la persistencia de los compradores en el impago, desatendiendo la letra de cambio por importe de 400.000 pesetas, vencida el 15 de marzo de 1973 y debidamente protestada, e incluso la presentada al cobro por la misma cantidad un año más tarde, denotan un palmario incumplimiento, con significación resolutoria.
Voces
Contrato de compraventa
Acción resolutoria
Resolución de los contratos
Suspensión de pagos
Letra de cambio
Acción individual
Encabezamiento
Núm. 358.-Sentencia de 5 de noviembre de 1979,
PROCEDIMIENTO: Infracción de ley.
RECURRENTE: Don Jose Augusto .
FALLO: No dando lugar al recurso contra la sentencia dictada por la …
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