Sentencia Constitucional Nº 120/2012, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurs... 04 de Junio de 2012
Sentencia Constitucional ...io de 2012

Última revisión
04/06/2012

Sentencia Constitucional Nº 120/2012, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 1291-1999 de 04 de Junio de 2012

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Orden: Constitucional

Fecha: 04 de Junio de 2012

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 120/2012

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 1291-1999

Resumen
Se enjuicia la Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social que atribuye al Estado la competencia para autorizar operaciones de crédito a largo plazo de los entes locales que se concierten con entidades financieras residentes fuera de España o en moneda distinta de la nacional. También corresponde al Estado, según la norma recurrida, autorizar los denominados ?escenarios de consolidación presupuestaria? que contengan distintas operaciones de crédito, a formalizar con el exterior, o instrumentadas mediante emisiones de deuda o cualquier otra forma de apelación al crédito público.Se desestima el recurso de inconstitucionalidad. El Tribunal afirma que las previsiones legales objeto de impugnación poseen naturaleza formal y materialmente básica y por lo tanto, deben ser consideradas conformes con el orden constitucional de competencias. Desde una perspectiva formal, las operaciones objeto de impugnación se encontraban ya reservadas al Estado por el art. 54 de la Ley de Haciendas Locales, desde su redacción inicial. Desde una perspectiva material, la sentencia señala que el entendimiento extensivo de la competencia básica del Estado en materia de ordenación del crédito, hasta el punto de incluir actos de pura ejecución, pone de manifiesto, la conexión, en el ámbito local, de los títulos competenciales del Estado sobre ordenación del crédito y sobre coordinación de planificación general de la actividad económica, con el más genérico de hacienda general. En consecuencia, resulta legítimo que el Estado pueda optar por establecer de manera general la autorización de la Administración General del Estado para las operaciones realizadas con entidades financieras residentes en España en moneda nacional o equivalente. Lo anterior se justifica en los efectos que dichas operaciones puedan tener sobre la solvencia de la entidad local o en aquellos supuestos en los que éstas puedan revestir un carácter generalizado por razones de coyuntura financiera, trascendiendo del ámbito local y afectando al conjunto de la política credicticia o al equilibrio económico general. El Tribunal aprecia el carácter materialmente básico de la disposición que se limita a atribuir al Ministerio de Hacienda la autorización de los escenarios de consolidación presupuestaria.

Voces

Tutela

Entidades financieras

Impuestos locales

Recurso de inconstitucionalidad

Residencia

Constitucionalidad

Aval

Entidades de crédito

Estatutos de autonomía

Competencia de las Comunidades Autónomas

Seguridad jurídica

Actividades económicas

Sociedad de capital

Estados financieros

Deuda pública

Condiciones del contrato

Actos de ejecución

Entidades no residentes en territorio español

Presupuestos generales del Estado

Tutelado

Corporaciones locales

Cuestión de inconstitucionalidad

Autonomía local

Prestación de servicios

Operaciones exteriores

Tutela administrativa

Operaciones financieras

Interés publico

Mandato

Concesión de la autorización

Cuentas anuales

Poderes públicos

Derecho Comunitario

Mercado de Valores

Sociedades mercantiles

Recusación

Divisa extranjera

Entidades no residentes

Tribunal de Cuentas

Objeto del proceso