Sentencia Constitucional Nº 126/2013, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 6633/2010 de 03 de Junio de 2013
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Orden: Constitucional
Fecha: 03 de Junio de 2013
Tribunal: Tribunal Constitucional
Ponente: RODRIGUEZ ARRIBAS, RAMON
Nº de sentencia: 126/2013
Núm. Ecli: ES:TC:2013:126
Resumen
Promovido por Aquagest, Promoción Técnica y Financiera de Abastecimientos de Agua, S.A., respecto de las resoluciones dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en proceso sobre concurso público para la selección de adquirentes de acciones de la empresa mixta de abastecimiento y evacuación de agua en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (intangibilidad y motivación) y a la prueba: íntegra modificación de la cosa juzgada consecuencia de la estimación de un incidente de nulidad de actuaciones debido a la falta de valoración de un medio de prueba.La demandante de amparo recurrió la adjudicación en el concurso público para la selección de adquirentes de parte de las acciones representativas del capital social de la empresa que tenía atribuido el servicio de abastecimiento y evacuación de agua. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó una primera Sentencia estimatoria, y anuló la adjudicación reconociendo el derecho de la recurrente a la adjudicación. Esta sentencia fue revocada al estimarse un incidente de nulidad de actuaciones por falta de valoración de un informe pericial. En nueva Sentencia, la Sala desestimó el recurso tras realizar una valoración de todas las pruebas periciales emitidas.Se desestima la demanda de amparo. La nulidad de la primera Sentencia debía ser íntegra, ya que estaba motivada en una lesiva falta de valoración de un medio de prueba, pudiendo así el órgano judicial restablecer el derecho fundamental declarado lesionado. Con respecto al derecho a la prueba, la Sentencia constata que la recurrente tuvo oportunidad de contradecir las pruebas aportadas por la contraparte, y descarta que la práctica de las mismas ante un Magistrado que posteriormente no formó parte del órgano sentenciador infringiera la garantía de inmediación judicial pues, en este caso, la mercantil demandante de amparo no ha aducido indefensión material alguna. En cuanto al derecho a la tutela judicial efectiva, se descarta la existencia de incongruencia omisiva pues los motivos del recurso contencioso-administrativo recibieron respuesta, como también el derecho a la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes pues en este caso la anulación de la primera sentencia fue consecuencia de la utilización de un remedio procesal expresamente previsto, con tales efectos, por el ordenamiento jurídico: el incidente de nulidad de actuaciones.
Voces
Recurso de amparo
Incidente de nulidad de actuaciones
Informes periciales
Derechos fundamentales
Desviación de poder
Incongruencia omisiva
Valoración de la prueba
Indefensión
Medios de prueba
Prueba pericial
Admisión de la demanda
Colegiación
Derecho a la tutela judicial efectiva
Preterición
Anulabilidad de actos administrativos
Admisión de la prueba
Cuestiones de fondo
Legitimación activa
Dies a quo
Plazo de caducidad
Jurisdicción contencioso-administrativa
Concurso público
Quiebra
Jurisdicción ordinaria
Adjudicataria
Fondo del asunto
Voluntad unilateral
Colegiado
Entes públicos
Derecho a la prueba
Energía
Validez de los actos administrativos
Prueba documental
Proposición de la prueba
Motivación de las sentencias
Anulación de los actos administrativos
Presunción de validez de los actos administrativos
Seguridad jurídica
Mala fe
Sentencia firme
Encabezamiento
ECLI:ES:TC:2013:126
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por don Ramón Rodríguez Arribas, Presidente, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José Hernando Santiago, don …
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