Sentencia Constitucional ...re de 2018

Última revisión
08/01/2019

Sentencia Constitucional Nº 136/2018, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Impugnación de disposiciones autonómicas 4039/2018 de 13 de Diciembre de 2018

Tiempo de lectura: 49 min

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Relacionados:

Orden: Constitucional

Fecha: 13 de Diciembre de 2018

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ENRIQUEZ SANCHO, RICARDO

Nº de sentencia: 136/2018

Núm. Ecli: ES:TC:2018:136

Resumen
Formulada por el Gobierno de la Nación en relación con los apartados 1 a 5 de la moción 5/XII del Parlamento de Cataluña, sobre la normativa del Parlamento anulada y suspendida por el Tribunal Constitucional, aprobada en la sesión de 5 de julio de 2018.Soberanía y unidad de la nación, principio democrático y primacía incondicional de la Constitución, lealtad constitucional y fidelidad a la Constitución; procedimiento de reforma constitucional: nulidad de los apartados de la moción parlamentaria que contravienen la STC 259/2015.Se enjuicia la constitucionalidad de diversos preceptos de la moción 5/XII del Parlamento de Cataluña, sobre la normativa del Parlamento anulada y suspendida por el Tribunal Constitucional, aprobada en la sesión de 5 de julio de 2018.Se estima parcialmente la impugnación. En aplicación de la doctrina contenida en las SSTC 42/2014 y 259/2015, se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los apartados uno a tres de la moción enjuiciada. El apartado primero, que contrapone a la legalidad y legitimidad constitucional una supuesta y única legitimidad democrática del Parlamento de Cataluña, lo que no es posible en un Estado social y democrático de Derecho. El segundo, que reitera los objetivos políticos de la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña y, ante la patente unidad de sentido de la misma, excluye la utilización de los cauces constitucionales para la conversión de una comunidad autónoma en Estado independiente, lo que vulnera el principio de supremacía constitucional. Y el tercero, que define al Parlamento de Cataluña como depositario de la soberanía del pueblo catalán, y, por tanto, niega la soberanía nacional reconocida constitucionalmente al conjunto del pueblo español.Se desestima el recurso en todo lo demás. La sentencia rechaza la impugnación de los apartados uno a cinco fundada de forma genérica en el incumplimiento de la STC 259/2015, al afirmar que esta tacha de inconstitucionalidad podría alegarse en un incidente de ejecución, pero no en la impugnación de disposiciones autonómicas.

Voces

Poderes públicos

Estatutos de autonomía

Constitucionalidad

Depositario

Mandato

Asistencia sanitaria

Asociaciones de consumidores y usuarios

Transporte de viajeros

Persona jurídica

Recurso de inconstitucionalidad

Partes del proceso

Empleados de la Administración Pública

Autogobierno

Derechos fundamentales

Ajenidad

Inmunidad

Principio de unidad

Instituciones del Estado

Encabezamiento

ECLI:ES:TC:2018:136

El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Juan José González Rivas, Presidente, doña Encarnación Roca Trías, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Santiago …

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