Sentencia Constitucional Nº 16/2008, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec ... 31 de Enero de 2008
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Última revisión
31/01/2008

Sentencia Constitucional Nº 16/2008, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 2140-2005 de 31 de Enero de 2008

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Orden: Constitucional

Fecha: 31 de Enero de 2008

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 16/2008

Nº de recurso: Recurso de amparo 2140-2005

Resumen
A raíz de un accidente sufrido por un trabajador, se levantó acta de infracción al considerar que se debía a la falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo y se impuso a la empresa una sanción por infracción de la normativa de seguridad laboral. Paralelamente el INSS, con base en los mismos hechos, impuso a la empresa un recargo en las cuotas correspondientes por falta de medidas de seguridad.La empresa impugnó el recargo en la jurisdicción social obteniendo sentencia firme que dejó sin efecto el recargo impuesto, al considerar que no existía incumplimiento de las medidas preventivas y el accidente se había producido por ligereza con que actuó el trabajador.Impugnada la sanción en la vía judicial contenciosa-administrativa, donde se aportó la anterior sentencia firme, se desestimó la pretensión de la empresa, argumentando como base la presunción de la veracidad de las actas de los inspectores de trabajo, deduciendo que la propia empresa reconoció la falta de homologación de la máquina y considerando que el empresario no cumplió con su obligación legal de establecer las medidas preventivas precisas.Este Tribunal ha señalado que la existencia de pronunciamientos contradictorios en las resoluciones judiciales sobre los mismos hechos, es incompatible con el principio de seguridad jurídica, no obstante, también se ha sostenido que la doctrina no conlleva en todo caso que los órganos judiciales deban aceptar siempre de forma mecánica los hechos declarados por otra jurisdicción, sino que una distinta apreciación de los hechos deba ser motivada y por ello cuando un órgano judicial vaya a dictar una resolución que pueda ser contradictoria con lo declarado por otra resolución judicial debe exponer las razones por las cuales, a pesar de las apariencias, tal contradicción no existe a su juicio.En el momento en que la resolución aquí­ impugnada se dicta, existe una resolución firme recaída en otro orden jurisdiccional, que niega la existencia del incumplimiento de las normas sobre prevención de riesgos laborales que se achacaba a la actora, declaración que no podía ser desconocida por el órgano judicial de lo Contencioso-Administrativo. Ello no supone, como dijimos en la STC 158/1985, de 26 de noviembre, la primacía o la competencia especí­fica de una jurisdicción, que solo se produciría cuando así­ lo determine el ordenamiento jurídico. Naturalmente, para que el órgano judicial pudiera tomar en cuenta una resolución firme de otro órgano era preciso que tuviera conocimiento oficial de la misma, presupuesto que aquí concurre, dado que la demandante de amparo aportó la Sentencia del Juzgado de lo Social a las actuaciones del recurso contencioso-administrativo casi tres meses antes de que la Sala procediera a dictar Sentencia resolviendo el recurso sometido a su conocimiento.

Voces

Accidente

Derecho a la tutela judicial efectiva

Falta de medidas de seguridad

Prevención de riesgos laborales

Medidas de seguridad en el trabajo

Seguridad jurídica

Desestimación presunta

Accidente laboral

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Medidas de seguridad

Indefensión

Expediente sancionador

Prestación económica

Presunción iuris tantum

Omisión

Inspección de trabajo y Seguridad Social

Violación

Riesgos laborales

Sanciones administrativas

Prueba en contrario

Evaluación de riesgos

Jurisdicción contencioso-administrativa

Pruebas aportadas

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Diligencia de ordenación

Proposición de la prueba

Responsabilidad de accidente

Acta de inspección laboral

Comisiones

Valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Tutela

Apartación

Incumplimiento grave

Actividad inspectora

Recargo de prestaciones

Actuación administrativa

Sentencia firme

Presunción de veracidad de las actas