Sentencia Constitucional Nº 183/2008, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 3319-2007 de 22 de Diciembre de 2008
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Orden: Constitucional
Fecha: 22 de Diciembre de 2008
Tribunal: Tribunal Constitucional
Nº de sentencia: 183/2008
Resumen
El Delegado del Gobierno acordó la repatriación de un menor extranjero no acompañado, cuya tutela ostentaba la Comunidad de Madrid. Contra su resolución, el menor y la asociación Coordinadora de Barrios interpusieron recurso contencioso-administrativo, adjuntando escrito en el que el menor designaba al abogado de la Coordinadora para su representación. El Juzgado incoó procedimiento especial de protección de derechos fundamentales. Al apreciarse existencia de un conflicto de intereses entre la Administración de tutela y el menor, el juez nombró como defensor judicial al abogado que le representaba. Posteriormente, se declaró mediante sentencia la nulidad de la resolución impugnada. El Tribunal Superior de Justicia, en apelación, declaró sin embargo que concurría la causa de inadmisión de falta de representación y capacidad procesal del menor extranjero y falta de legitimación activa de la asociación. También indicaba que el Juzgado de instancia carecía de competencia para suplir la falta de capacidad del menor a través del nombramiento de un defensor judicial. Este supuesto ha dado lugar a las Sentencias 183/2008 y 184/2008.La decisión impugnada contraviene el derecho del menor a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la justicia. Ha quedado acreditado que el menor, nacido en 1989, habiendo ya cumplido 17 años en el momento de los hechos en 2006, impugnó judicialmente la decisión a través de su abogado, ratificando en presencia judicial su voluntad tanto de oponerse a la resolución como la de ser representado por dicho abogado. La negativa judicial de reconocerle capacidad procesal, interpretando de forma rigorista el artículo 18 LJCA, e imposibilitar además que supliera ese defecto mediante el nombramiento de un defensor judicial, le han impedido de manera definitiva instar el control judicial de una decisión administrativa que afectaba de modo directo a su vida y esfera personal.El hecho de que el entonces menor haya alcanzado la mayoría de edad no implica la pérdida sobrevenida del objeto del amparo, ya que no se ha puesto de manifiesto la existencia de ninguna actuación posterior a la interposición de la demanda a partir de la cual pueda sostenerse que se ha producido una reparación del derecho que se alega vulnerado. El Tribunal otorga el amparo, declarando la nulidad de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia y retrotrayendo las actuaciones al momento anterior al de dictarse sentencia.El Tribunal no se había pronunciado sobre la capacidad procesal de los menores de edad para impugnar judicialmente decisiones que afecten a su esfera personal pero había estimado (SSTC 221/2002, de 25 de noviembre y 17/2006, de 30 de enero), la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de los menores en supuestos de procesos judiciales en los que no habían sido oídos o explorados por el órgano judicial en la adopción de medidas que afectaban a su esfera personal. Tal y como se indicó en el ATC 372/2007, de 17 de septiembre, la repatriación de un menor es uno de los supuestos en los que queda afectada la esfera personal y familiar de éste.
Voces
Tutela
Capacidad procesal
Defensor judicial
Menor de edad
Conflicto de intereses
Repatriación
Derecho a la tutela judicial efectiva
Patria potestad
Defensor judicial del menor
Emancipado
Interés legitimo
Falta de representación
Tutela del menor
Jurisdicción voluntaria
Curatela
Protección jurídica del menor
Protección de los derechos fundamentales
Mayor de dieciocho años
Voluntad
Expropiación especial
Defecto de capacidad
Representación legal
Nulidad de las resoluciones
Cuestiones de fondo
Representante legal menor
Situación desamparo
Comisiones
Intervención de abogado
Actuación administrativa
Resolución recurrida
Falta de legitimación activa
Interés del menor
Mandato
Falta de jurisdicción
Recurso de súplica
Procedimiento contencioso-administrativo
Incapacidad
Falta de capacidad
Principio pro actione
Capacidad de menor de edad
Fundamentos
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez …
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