Sentencia Constitucional Nº 206/2013, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurs...de Diciembre de 2013
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Última revisión
16/05/2018

Sentencia Constitucional Nº 206/2013, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 2691/2009 de 05 de Diciembre de 2013

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Orden: Constitucional

Fecha: 05 de Diciembre de 2013

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ASUA BATARRITA, ADELA

Nº de sentencia: 206/2013

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 2691/2009

Núm. Ecli: ES:TC:2013:206

Resumen
Promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Popular en el Congreso en relación con diversos preceptos de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Estado para 2009.Límites materiales a las leyes de presupuestos: inconstitucionalidad de los preceptos legales que modifican el régimen de infracciones y sanciones en el orden social y la regulación general de subvenciones (STC 9/2013).Ciento dos diputados impugnan los presupuestos generales del Estado para 2009 por contener disposiciones normativas que modifican aspectos relacionados con el régimen de incompatibilidades de las clases pasivas, tipificación administrativa de infracciones y sanciones graves en materia laboral, proyectos de investigación de programas nacionales científico-tecnológicos, declaración de interés general de obras de infraestructuras hidráulicas, creación de agencias estatales, infraestructuras penitenciarias, régimen de funcionarios públicos y de subvenciones.Se estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad en cuanto a los preceptos que modifican el régimen de infracciones y sanciones en el orden social y la regulación general de subvenciones por vulneración de los límites constitucionales al contenido material de las leyes de presupuestos. La Sentencia afirma que la creación ex novo de sanciones no forma parte de contenido propio o eventual del presupuesto pues no consiste en un resultado automático de ingresos en la hacienda pública, sino hipotético. Tampoco la modificación del régimen de convenios de las entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones guarda relación directa con la previsión de ingresos y gasto público presupuestado ni con su ejecución. En cuanto a la impugnación del coste financiero e impacto del endeudamiento derivado de la aprobación de cuatro decretos-leyes durante la tramitación de la ley, se descarta por su imprecisión: se dirige de forma global en contra de la práctica totalidad del gasto presupuestado y de la deuda pública (STC 9/2013). Se declara, además, que no han incurrido en arbitrariedad las previsiones económicas de crecimiento del producto interior bruto.Respecto a los efectos de la sentencia, se declara la nulidad de los preceptos aludidos, pero no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas, es decir, las decididas con fuerza de cosa juzgada ni las situaciones administrativas firmes.

Voces

Presupuestos generales del Estado

Funcionarios públicos

Deuda pública

Sanciones laborales

Entidades colaboradoras

Constitucionalidad

Seguridad jurídica

Contratos administrativos

Régimen de Clases Pasivas

Aval

Interdicción de la arbitrariedad

Sanciones pecuniarias

Prestación de jubilación

Intereses de demora

Recurso de inconstitucionalidad

Derechos fundamentales

Activos financieros

Beneficios fiscales

Operación comercial

Organismos públicos

Fraude

Cargos públicos

Interinidad

Derecho subjetivo

Tribunal de Cuentas

Puesto de trabajo

Deuda tributaria

Gastos financieros

Prelación de créditos

Crédito privilegiado

Reembolso

Prestatario

Principio de igualdad

Contraprestación

Derecho de igualdad

Poderes públicos

Pensión de orfandad

Personalidad jurídica

Régimen General de la Seguridad Social

Centro penitenciario