Última revisión
18/06/2007
Sentencia Constitucional Nº 285/2007, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 6280-2005 de 18 de Junio de 2007
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Orden: Constitucional
Fecha: 18 de Junio de 2007
Tribunal: Tribunal Constitucional
Nº de sentencia: 285/2007
Fundamentos
I. Antecedentes
1.En el presente recurso de amparo ha sido dictada Sentencia, de fecha 30 de marzo de 2007, en cuya parte dispositiva la Sala acordó denegar el amparo solicitado por don Henrik Stamm Kristensen.
2.Mediante escrito presentado en el registro general de este Tribunal el día 17 de abril de 2007 el Procurador de los Tribunales don Ignacio Argos Linares, actuando en nombre y representación de don Mariano López Martínez, parte comparecida en el proceso de amparo, solicita que la Sala Primera de este Tribunal se pronuncie sobre la imposición de costas, de acuerdo con lo solicitado en su escrito de contestación a la demanda y a lo previsto en el art. 95.2 LOTC.
II. Fundamentos jurídicos
Único. De acuerdo con el art. 95.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Tribunal podrá imponer las costas que se derivaren de la tramitación del proceso a la parte o partes que hayan mantenido posiciones infundadas, si apreciare temeridad o
mala fe.
Se trata, pues, de una potestad que no lleva aparejada la existencia de un pronunciamiento expreso sobre las costas en cada caso de este Tribunal, y no existiendo en este caso pronunciamiento expreso al respecto, es claro que sólo se puede concluir que el demandante de amparo no ha sido condenado al pago de las costas (ATC 178/2006, de 5 de junio, FJ Único), por lo que no procede completar ni aclarar la Sentencia.
Por lo expuesto, la Sala
ACUERDA
Denegar lo solicitado por la representación de don Mariano López Martínez.
Madrid, a dieciocho de junio de dos mil siete.

