Sentencia Constitucional Nº 34/2009, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec ...9 de Febrero de 2009
Sentencia Constitucional ...ro de 2009

Sentencia Constitucional Nº 34/2009, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 5828-2005 de 09 de Febrero de 2009

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Orden: Constitucional

Fecha: 09 de Febrero de 2009

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 34/2009

Nº de recurso: Recurso de amparo 5828-2005

Resumen
La Audiencia Provincial de Oviedo estimó parcialmente un recurso contra una sentencia de primera instancia absolutoria de los delitos de acoso sexual y coacciones. La Audiencia dictó sentencia condenatoria por delito contra la intimidad (art. 197.1 y 2 CP) y confirmó la absolución por los demás delitos. Se reclama la vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, a ser informado de la acusación, a un proceso con todas las garantías, a la presunción de inocencia y al principio de legalidad penal.Se desestima el amparo. No se vulnera el derecho a ser informado de la acusación. En primer lugar, porque en las conclusiones definitivas ya se hacía referencia a la imputación por el delito contra la intimidad; además, en el Auto de 15 de julio de 2004 se amplió la acusación a este delito, de lo cual se defendió el inculpado en su escrito de defensa y; por ultimo, en el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, el inculpado se mostró disconforme con dicha ampliación, mostrando el conocimiento de tal acusación. No se produce vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías porque la Audiencia sólo llevo a cabo una nueva calificación jurídica de los mismos hechos probados en primera instancia. En cuanto al principio de legalidad penal, no se vulnera ya que la autoridad judicial consideró documentos personales e íntimos la libreta de direcciones y de teléfonos de la denunciante, a los cuales accedió el recurrente, obteniendo de ésta forma datos de carácter personal de aquélla y de sus compañeros, que es la conducta por la que ha sido condenado el recurrente y ésta no es una aplicación analógica o in malam partem carente de razonabilidad. El vicio de incongruencia omisiva atribuida a la sentencia no se toma en consideración ya que ésta no fue reclamada en el correspondiente incidente de nulidad de actuaciones. Por lo que respecta a las tachas de arbitrariedad, irrazonabilidad y error patente no prosperan por falta de argumentación.Sólo cabe hablar de aplicación analógica o extensiva in malam partem, vulneradora del principio de legalidad penal, cuando dicha aplicación carezca hasta tal punto de razonabilidad que resulte imprevisible para sus destinatarios o se aparte del tenor literal del precepto (STC 137/1997). Se aplica la doctrina sobre la necesaria argumentación de las tachas de arbitrariedad, irrazonabilidad, o error patente atribuidas a las resoluciones judiciales sin que el Tribunal reconstruya de oficio la demanda de amparo (STC 143/2003).

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Voces

Delito de acoso sexual

Coacciones

Delito de revelación de secretos

Presunción de inocencia

Apertura del juicio oral

Derecho a la tutela judicial efectiva

Datos personales

Representación procesal

Revelación de secretos

Derecho a ser informado de la acusación

Derecho a la intimidad

Diligencias previas

Principio de legalidad penal

Tipo penal

Diligencia de ordenación

Derecho de defensa

Acoso sexual

Vicio de incongruencia

Incongruencia omisiva

Indefensión

Delito de violación de secretos

Vacaciones

Antijuridicidad

Valoración de la prueba

Falta de consentimiento

Sin consentimiento

Intervención de abogado

Error en la valoración

Incidente de nulidad de actuaciones

Juzgado de guardia

Responsabilidad personal subsidiaria

Escrito de defensa

Daños morales

Inhabilitación especial para el sufragio pasivo

Apartación

Prueba de cargo

Quiebra

Intervención mínima

Ciudadanos

Resolución recurrida